La Comisión de Constitución del Congreso aprobó que el régimen de residencia temporal o juicio de residencia sea por un periodo de un año para los expresidentes del país, una vez concluya su mandato, es decir no podrán salir del Perú en dicho plazo.
Dicha propuesta, que recoge las iniciativas de las bancadas del Frepap y del Partido Morado, refiere que modificar el artículo 112 de la Constitución, incorporando el siguiente párrafo:
“Culminado el mandato presidencial conforme a norma, el expresidente de la República o quien hubiese ocupado el cargo, permanece dentro del territorio nacional de manera temporal por el periodo mínimo de un año, salvo autorización de salida por el Congreso con más de la mitad del número de congresistas considerando las razones objetivas que hubiese motivado la solicitud”, señala.
La propuesta fue aprobada por mayoría por parte de 10 integrantes del grupo de trabajo, ocho titulares y dos accesitarios.
Según el presidente de la comisión, Omar Chehade, precisó que en las últimas décadas se evidenció un problema con los expresidentes, algunos de los cuales, llegaron a fugarse del país.
Debate
Durante el debate, el congresista del Partido Morado, Gino Costa, planteó que se determine que el periodo de permanencia en el país sea de seis meses, tal como establecía su propuesta.
Indicó que un plazo de un año o dos años, es demasiado por lo que “no debe ser extenso”. Finalmente, con la finalidad de ir al voto, retiró su propuesta y dejó la planteada por la presidencia de la comisión, que establecía un año.
Desde hoy las sesiones del #PlenoVirtual serán más agiles. Los parlamentarios podrán votar y registrar su asistencia a través de un celular o una computadora. pic.twitter.com/I2w9KgTUgJ
— Congreso del Perú 🇵🇪 (@congresoperu) December 9, 2020
Por su parte, el parlamentario del Frepap, Isaías Pineda, precisó que un tiempo prudente eran dos años o incluso más, por lo que poner un periodo de seis meses era algo “simbólico”.
Dictámenes
Durante la sesión extraordinaria, también se aprobó por unanimidad (10 votos a favor), la incorporación del artículo 7-B de la Constitución que proponer incorporar el acceso a la vivienda digna y adecuada como derecho fundamental en la Carta Magna.
Asimismo, por nueve votos a favor y una abstención aprobaron la modificación del artículo 40 de la Constitución Política para habilitar el doble empleo o cargo público remunerado del personal médico especializado, en casos de emergencias sanitaria.
Además, por 11 votos a favor se aprobó el dictamen que propone la modificación del artículo 21 de la Constitución para reforzar la protección del Patrimonio Cultural de la Nación.
ANDINA