La Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, aprobó por mayoría el dictamen que proponía la modificación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE) y estableció requisitos para asumir los cargos de ministro y viceministro.
La iniciativa establece que no pueden ser nombrados ministros quienes, conforme a la normativa vigente, se encuentren con investigación fiscal preparatoria o siendo procesados ante el Poder Judicial por delitos de terrorismo, crimen organizado, tráfico ilícito de drogas, corrupción de funcionarios o violencia familiar.
Con 11 votos a favor, 4 en contra y una abstención, la Comisión de #Descentralización, que preside @NormaYarrow4, aprobó el dictamen que modifica la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo e incluye requisitos para asumir cargos de ministros y viceministros. pic.twitter.com/pt4giqzy7W
— Comisión de Descentralización (@CoDescentraliza) October 19, 2021
Asimismo, la resolución del Ejecutivo que nombra al ministro deberá contener la declaración jurada del nombrado, la cual debe consignar todas las investigaciones fiscales, los procesos judiciales «y procedimientos administrativos en los cuales está o estuvo en calidad de imputado o cómplice».
Además, dicha declaración jurada consignará el estado en que se encuentran dichos procesos y procedimientos, así como la decisión de las sentencias o resoluciones administrativas, si el proceso hubiera concluido.
El dictamen también dispone que el Ministerio Público, el Poder Judicial, Servir, el Fuero Militar Policial y las Direcciones de Recursos Humanos de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas, serán las instancias encargadas de verificar la información registrada por el ministro.
Gobierno busca realizar verdadera descentralización, afirma Castillo en Iquitos
En un plazo de no mayor de cinco días hábiles, los resultados de estas indagaciones serán informados a la Presidencia de la República, al Congreso de la República y a la Procuraduría General del Estado.
De esta manera, se incorporan los artículos 15A en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo respecto al procedimiento para el nombramiento de Ministros de Estado y el artículo 26A que concierne a la designación de los viceministros.
Fuente: Andina