Con 90 votos a favor, el Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio del proyecto de ley que propone el fortalecimiento de los hogares de refugio temporal para mujeres víctimas de violencia y otros integrantes del grupo familiar. Enseguida fue exonerado de segunda votación con 91 votos a favor.
Se trata de los proyectos de ley 5929, 6003 y 6005 presentados por las congresistas Leslye Lazo (AP), Zenaida Solís (PM) e Irene Carcausto (APP), respectivamente.
La sustentación del dictamen estuvo a cargo de la congresista Carolinas Lizárraga Houghton (PM), presidenta de la Comisión de la Mujer, quien dijo que las iniciativas legislativas contribuyen a garantizar el derecho a una vida libre de violencia contra mujeres.
“La fórmula legislativa a la que se arriba, contribuirá la labor sostenida de monitoreo y supervisión del servicio que brindan los hogares de refugio temporal, permitiendo al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su rol de ente rector, contar con diagnósticos y seguimientos actualizados sobre la situación de todos los hogares de refugio temporal y así garantizar su funcionamiento sujeto a lineamientos únicos establecidos, promoviendo su registro y adecuación a estándares de calidad y efectividad del servicio”, dijo.
Superando muchas adversidades, ellas nunca se dejaron vencer. Ahora, desde el Congreso de la República nuestras parlamentarias luchan por la defensa y protección de las mujeres en nuestro país.#MujeresQueNoSeDejanVencer #DíaInternacionalDeLaMujer https://t.co/KLEtS2d95U
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Entre las funciones se contempla brindar una respuesta inmediata ante la emergencia de la víctima, previniendo peligros mayores que pongan en riesgo su vida; con el traslado, ingreso y acogimiento en el hogar de refugio temporal, informándole sobre sus derechos, los servicios a los que va a acceder y los protocolos a seguir.
También se ofrecerá atención multidisciplinaria a las mujeres víctimas de violencia con alojamiento, alimentación e información, así como los servicios profesionales especializados de consejería médica, psicológica y social, entre otros, que se requieran durante su estadía en dichos hogares.
Se establece que los hogares de refugio temporal son servicios esenciales cuya gestión y funcionamiento se encuentran garantizados por el Poder Ejecutivo, así como por parte de los gobiernos regionales y gobiernos locales de acuerdo a sus competencias.
“Los gobiernos locales se encargan de coordinar con los colegios profesionales a fin de que abogados, médicos, psicólogos, y asistentas sociales brinden servicios gratuitos permanentes a los beneficiarios de los hogares de refugio temporal para víctimas de violencia”, dijo Lizárraga.
Se sustenta el PL 5870, que propone modificar el artículo 15 de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, habilitando permanentemente el uso de canales tecnológicos
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A su turno, la congresista Zenaida Solís (PM), autora de uno de los proyectos de ley, dijo que se trata de una propuesta muy importante para preservar la integridad de la mujer. “Cuando una mujer va la comisaría, cuando busca ayuda y no la encuentra no le queda más que retornar a su domicilio donde termina con la perdida de la vida a manos de su agresor”, dijo.
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“Con la propuesta, queremos modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sobre las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades para precisar que les corresponde formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia, las cuales deben incluir la implementación de los Hogares de Refugio Temporal en el ámbito de su competencia territorial”, señaló la legisladora.
#Ahora I El presidente de la Comisión de Salud, Omar Merino, sustenta el Proyecto de Ley 5797, que propone promover y garantizar el manejo de la higiene menstrual de niñas, adolescentes y mujeres vulnerables. #PlenoMujer
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Del mismo modo, se contempla la modificación de la Ley Orgánica de Municipalidades en lo referido a las funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales y distritales para establecer las acciones de coordinación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para garantizar el servicio de los Centros de Emergencia Mujer e implementarlos de manera ininterrumpida, en atención a la legislación sobre la materia.
Durante el debate, la congresista Jesús del Carmen Marreros (Frepap) resaltó la importancia de fortalecer la normatividad de los refugios de hogares temporales a nivel nacional; en tanto que su colega Yessica Apaza (UPP), opinó que es necesario repotenciar estos hogares con más presupuesto y poder brindar un mejor apoyo a las víctimas de violencia.
Congreso amplía protección contra despido arbitrario a gestantes en periodo de prueba
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A su turno, Jorge Vásquez Becerra (AP) indicó que estos hogares constituyen un refugio considerado un servicio esencial porque protegen la vida y deberían contar con los más altos estándares de calidad.
ANDINA- Video Congreso TV