En la aprobación de la ley mediante la cual se incluye a los mototaxis dentro del Sistema Integrado del Transporte Urbano y Rural, insistió la tarde del jueves 19 de octubre el Congreso de la República.
La autógrafa de ley original había sido observada por el Poder Ejecutivo en diversos aspectos. La Comisión de Transportes, presidida por Eduardo Salhuana (APP), se allanó a varias de dichas observaciones. En tal sentido, el texto aprobado establece que el universo al que esta ley abarca lo conforman “vehículos automotores menores, categoría vehicular L5”, entre los que están los popularmente conocidos como mototaxis.
Con 109 votos a favor, el #PlenoDelCongreso aprobó, en primera votación, la insistencia de la autógrafa de los proyectos de ley 1631, 1869, 1924, y otros, que propone la Ley de transporte público de personas en vehículos menores y mototaxis.
📌 Quedó exonerado de segunda… pic.twitter.com/LZ3aDriM1g
— Congreso del Perú 🇵🇪 (@congresoperu) October 19, 2023
Asimismo, en atención a otra observación hecha por el Ejecutivo, se precisa que quienes prestan servicios a través de los referidos vehículos son personas jurídicas o empresas.
De igual forma, se ha definido que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones se encargará de llevar el registro único de quienes ofrecen el referido servicio. La autógrafa observada señalaba originalmente que esto recaía en los municipios. Estas instancias de gobierno local se encargarán de controlar, fiscalizar y sancionar el servicio de transporte mencionado, señaló Salhuana.
El parlamentario recalcó que el objetivo de la ley aprobada es el de garantizar que el servicio de transporte desarrollado en estos vehículos se brinde de manera óptima y segura. La aprobación de este tema se dio con 109 votos a favor y una abstención.
(JA)
También puede ver: