Congresistas de diversas bancadas presentaron hoy jueves la Moción de Orden del Día 2095, que plantea la censura del titular de Salud, Hernán Condori Machado, sobre quien pesa denuncias por presuntas inconductas funcionales.
El documento está firmado por 33 legisladores de los grupos Fuerza Popular, Avanza País, Podemos Perú, Alianza Para el Progreso y de Renovación Popular.
Se precisa, en los considerandos de la moción que la interpelación o la presencia del ministro para informar ante el Pleno, como establece el artículo 68 del Reglamento, «no puede interpretarse como un paso previo para ejercer un mecanismo de control político regulado por nuestra Constitución, sino como una facultad de los congresistas».
Sobre los hechos que sustentan la moción se menciona que «desde su designación como titular del sector, se realizaron manifestaciones públicas del Colegio Médico del Perú y diversos testimonios en distintos medios de comunicación, relacionados a la falta de idoneidad del citado funcionario para ejercer tan importante cargo en un sector sensible a la población por la situación de emergencia sanitaria en el país y el mundo», se indica.
Además, el Colegio Médico del Perú solicitó públicamente la renuncia del ministro de Salud por haber contravenido el Estatuto del Colegio Médico «al promover abierta e ilegalmente el ejercicio de la medicina a través del uso engañoso de preparados que no tienen evidencia científica».
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Se menciona también que Hernán Condori Machado tendría denuncias de orden penal por presuntas inconductas funcionales cuando desempeñaba cargos públicos, como es el caso del proceso penal abierto en la Fiscalía Anticorrupción de la Merced y a inconductas de carácter administrativo que detectó la Contraloría.
De igual forma, se recuerda que, en su presentación ante la Comisión de Salud y Población, el 15 de febrero, el titular del Minsa evitó responder preguntas sobre denuncias sobre su trayectoria profesional, entre otros señalamientos.
El artículo 86 inciso a) del Reglamento del Congreso, determina que la moción de censura «se debate y vota entre el cuarto día y el décimo día natural después de su presentación. Su aprobación requiere el voto de más de la mitad del número legal de miembros del Congreso«.
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