Corredores Complementarios de Lima: perjuicio de S/ 374 millones

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La Contraloría General detectó un perjuicio económico total de S/ 374 056 743 ocasionados por los pagos sin sustento legal, ni contractual que efectuaron el Instituto Metropolitano Protransporte de Lima (PROTRANSPORTE) y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) a los Concesionarios de los Corredores Complementarios del Sistema Integrado de Transporte de Lima; así como por la sanción económica que se impuso a la Municipalidad Metropolitana de Lima y PROTRANSPORTE por incumplimiento de Contrato del Corredor Rojo.

La comisión auditora determinó que exfuncionarios y exservidores de PROTRANSPORTE y de la ATU, elaboraron y aplicaron metodologías que reconocieron a favor de los Concesionarios de los Corredores Complementarios Amarillo, Rojo, Azul y Morado el pago de la totalidad de los costos operativos no cubiertos por los ingresos recaudados durante la emergencia sanitaria por COVID-19, lo que incumple la cláusula 8.2 de los Contratos de Concesión que establecía únicamente el reembolso de los costos directos adicionales y razonables acreditados que se hubieren ocasionado por la prestación del servicio durante la emergencia sanitaria. Los desembolsos irregulares efectuados entre marzo de 2020 y marzo de 2022, ocasionaron un perjuicio económico al Estado de S/ 172 146 971.

Por pagos irregulares e incumplimiento de contrato en Corredores Complementarios de LIma ocasionaron perjuicio de S/ 374 millones 
Foto: Contraloría

De acuerdo con el Informe de Auditoría N° 29026-2023-CG/APP-AC, los pagos efectuados a dichos Concesionarios con recursos públicos no correspondían ser asumidos por el Estado. De esta manera, PROTRANSPORTE ocasionó un perjuicio económico al Estado de S/ 34 740 791.98, mientras que la ATU generó un perjuicio de S/ 137 406 179.82.

El Informe de la Contraloría también reveló que con la aplicación de la metodología mencionada, PROTRANSPORTE ordenó un pago a favor de sí mismo por S/ 1 207 671, pese a que la cláusula 8.2 de los Contratos de Concesión no contempla pago alguno a favor del Concedente ni terceros, por lo que, dicho desembolso también carece de sustento legal y contractual.

Cabe precisar que debido a la emergencia sanitaria por COVID-19, el gobierno adoptó una serie de medidas para evitar la propagación del coronavirus y dispuso -respecto al transporte urbano- que los operadores del servicio debían reducir su oferta de operaciones en 50% y realizar la limpieza de los vehículos. De acuerdo con los Contratos de Concesión de los Corredores Complementarios del Sistema Integrado de Transporte de Lima, el Concedente debía garantizar a los Concesionarios únicamente el reembolso de los costos directos adicionales y razonables generados durante la emergencia sanitaria por la prestación del servicio.

Otro perjuicio económico

El informe de auditoría señala también que la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) tramitó la aprobación de una ordenanza municipal que renovó las autorizaciones de transportistas para prestar el servicio de transporte urbano en las rutas concesionadas al Corredor Rojo, generando el incumplimiento de dicho Contrato de Concesión. Ello derivó en una controversia con el concesionario que culminó con laudos arbitrales firmes emitidos en julio de 2020 en contra del Estado, en los que se estableció que por los incumplimientos se debe pagar S/ 201 909 772, lo que constituye un perjuicio económico. Cabe precisar que, en la actualidad, dicho pago debe ser asumido por la ATU.

JS – Foto Contraloría

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