La Contraloría General de la República pidió a las autoridades cumplir con los perfiles de puestos de funcionarios de confianza, tras informar que realiza la verificación de la legalidad de los nombramientos de funcionarios y servidores durante la transferencia del gobierno en curso.
La institución mencionó que, de acuerdo a sus atribuciones, fiscaliza el cumplimiento de perfiles de puesto para designación de funcionarios públicos de confianza.
Recordó que el 2019 desarrolló el operativo “Designación de funcionarios en cargos de confianza en gobiernos regionales y locales”, al inicio de la gestión de nuevas autoridades, por lo que corresponde ahora también efectuar la fiscalización de la legalidad de los nombramientos o designaciones.
🔊 #ContraloríaInforma sobre el cumplimiento de perfiles de puesto para la designación de funcionarios públicos. pic.twitter.com/PjaoWIKKws
— Contraloría del Perú (@ContraloriaPeru) August 4, 2021
La Contraloría señalo que desde julio de 2021 están vigentes las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa para los casos de incumplimiento de la normatividad vigente, que puedan conllevar a responsabilidades y a eventuales sanciones de suspensión o inhabilitación de la función pública.
Por ello, advirtió, es responsabilidad de las autoridades competentes velar por el cumplimiento de los perfiles de puesto observando el marco legal, los documentos de gestión de la entidad y los lineamientos de SERVIR, para garantizar el correcto desempeño de la administración pública y la provisión adecuada de servicios públicos a la ciudadanía.
Defensoría del Pueblo
De otro lado, el Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, envió una carta al presidente Pedro Castillo para expresar la posición institucional de la Defensoría del Pueblo sobre el nombramiento de primer gabinete ministerial.
Al respecto, considera que es «imperativo que reevalúe las designaciones ministeriales efectuadas a partir de los principios constitucionales y parámetros que rigen la función pública».
En la misiva se indica que si bien es facultad del presidente de la República la designación de los ministros de Estado, este acto debe cumplir ineludiblemente con un conjunto de principios recogidos en nuestra Carta Magna.
Asimismo, menciona que el nombramiento de los citados funcionarios se encuentra sujeto a control político posterior por parte del Congreso. No obstante, sostiene que el mandatario debe realizar un control constitucional previo sobre las cualidades y méritos de las personas elegidas.
Fuente: Andina