El Poder Ejecutivo oficializó las medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al Covid-19 en el territorio nacional, mediante el Decreto de Urgencia Nº 025-2020 publicado hoy en una edición extraordinaria de Norma Legales del Diario Oficial El Peruano.
La disposición dicta medidas urgentes destinadas a reforzar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria frente al grave peligro de la propagación de la enfermedad causada por el nuevo coronavirus en el país.
El objetivo, precisa la norma, es establecer mecanismos inmediatos para la protección de la salud de la población y minimizar el impacto sanitario de situaciones de afectación.
En el decreto de urgencia, se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por 100 millones de soles para financiar el fortalecimiento de las acciones de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria ante la introducción de la enfermedad causada por Covid-19.
Kits de higiene
A la par, el Ministerio de Educación (Minedu) podrá financiar hasta por 165 millones de soles la adquisición de kits de higiene, en el contexto del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020, para mantener condiciones adecuadas de salubridad en espacios e infraestructura educativa.
El monto para la compra de los útiles de higiene se desembolsará de manera directa, bajo la modalidad de subvenciones, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del director del colegio público titular o encargado, o responsable de mantenimiento según las disposiciones establecidas por el portafolio.
“Mediante decreto supremo, refrendado por la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo y el presidente del Consejo de Ministros, se establece un marco normativo específico que prevea reglas especiales en materia de teletrabajo frente al coronavirus, el que incluye a los regímenes laborales de la actividad pública y privada”.
El Ministerio de Salud, en cumplimiento de su función rectora, es el encargado de planificar, dictar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar todas las acciones orientadas a la prevención, protección y control de del coronavirus, afirma la norma.
Esta labor se ejecutará con todas las instituciones públicas y privadas, personas jurídicas y naturales que se encuentren en el territorio nacional, conforme a las disposiciones de la Autoridad Sanitaria Nacional, precisa el decreto de urgencia. (Andina)
COVID-19: Estado decreta me… by Agencia Andina on Scribd