Los ministerios de Defensa y del Interior informaron en qué casos la población puede circular a pie o en vehículos debido al estado de emergencia nacional dispuesto por 15 días y inmovilización social obligatoria que se acata de 8 de la noche a 5 de la mañana debido al coronavirus.
Personal y vehículos que pueden circular las 24 horas debidamente acreditados:
- Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.
- Servicios Públicos Esenciales de Agua, Saneamiento, Energía Eléctrica, Gas, Hidrocarburos, Limpieza y Recojo de Residuos Sólidos.
- Servicios de Telecomunicaciones.
- Servicios Funerarios.
- Servicios de Transporte de Carga, Mercancías y Actividades Conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
- Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.
- Personal de serenazgo y fiscalización de los Gobiernos locales.
- Personal de Medios de Comunicación y distribución de diarios y revistas.
- Servicio de traslado de Choferes de Servicio Urbano Masivo.
Ministerio de Trabajo dispone 2 horas de tolerancia para el ingreso
Foto Andina