Coronavirus: Gobierno amplía seguro de vida para quienes atienden a pacientes

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Mediante un decreto de urgencia, el Gobierno amplió el otorgamiento del seguro de vida para todo el personal de la salud que realiza labor de naturaleza asistencial en las entidades públicas del sector salud en el marco del COVID-19.

El Decreto de Urgencia 037-2020, publicado hoy en el diario oficial El Peruano establece una serie de medidas extraordinarias en materia económica y financiera, que permitan al sector salud garantizar la atención de la emergencia sanitaria generada por la pandemia.

 La misma norma autoriza la contratación de personal para labores administrativas bajo el régimen de contratación administrativa de servicios para el Hospital Emergencia Ate Vitarte, bajo la modalidad del régimen del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios.

Este personal realizará actividades de soporte y acciones estratégicas que dicho establecimiento de salud requiera para su normal funcionamiento.

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El Decreto precisa que los contratos administrativos de servicios que se suscriban tienen naturaleza estrictamente temporal y quedan resueltos automáticamente una vez culminada la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud.

Asimismo, el gobierno creó, en el marco de la pandemia por coronavirus, el Servicio Covid Especial Servicer en el cual pueden participar los profesionales de la salud peruanos y extranjeros.

De acuerdo con el Decreto de Urgencia 037-20202, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, este servicio tiene como duración el periodo de vigencia de la emergencia sanitaria hasta treinta días calendario posteriores al término.

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La norma indica que, para su implementación, la contratación de los profesionales se realiza mediante el régimen especial del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios.

Al término del servicio, se otorga a los participantes una constancia por el tiempo efectivo que se contabiliza como parte del SERUMS regulado por Ley 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud.

El Decreto precisa que este servicio no es válido para la postulación al residentado médico, enfermería, odontología, químico farmacéutico y obstetricia.

Además, esta norma faculta a la adquisición y distribución de mascarillas faciales textiles de uso comunitario, a favor de la población en situación de vulnerabilidad, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19, hasta por la suma de S/ 35 millones.

Con información de ANDINA/ Foto EFE

 

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