El Ejecutivo declaró el estado de emergencia, por 60 días calendario, en 54 distritos de algunas provincias de 17 departamentos debido al impacto de daños a consecuencia de las lluvias intensas para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación.
Son los distritos de Luya Viejo y Santo Tomás (Amazonas); Shilla, Cochabamba e Independencia (Áncash); Turpo, Ranracancha y Haquira (Apurímac); Totos, Ayacucho, San Juan Bautista, Socos, Tambo, Lucanas, Belén, Chilcayoc y Querobamba (Ayacucho), precisa el Decreto Supremo 038-2025-PCM, publicado en la edición extraordinaria del boletín de normas legales de El Peruano.
Asimismo, Nicolás de Piérola y Charcana (Arequipa); Miracosta, San Juan de Licupis, Cujillo, Pimpingos, Pomahuaca, Nanchoc y Niepos (Cajamarca); Lares, Layo y Colquepata (Cusco); Huayllahuara (Huancavelica); San Francisco, Puños y San Pablo de Pillao (Huánuco); Perené (Junín); Sangallaya, Chocos, así como Laraos (Lima).
De la misma manera, en Yurimaguas, Jenaro Herrera, Contamana, Inahuaya, Padre Márquez, Pampa Hermosa y Vargas Guerra (Loreto); Laberinto (Madre de Dios); Chaupimarca (Pasco); San Antón, Santiago de Pupuja, Ituata, Vilque y Cabanillas (Puno); San Hilarión y Huimbayoc (San Martín); Yarinacocha (Ucayali), de acuerdo con la disposición.
¿Quiénes ejecutarán las medidas?
Establece que los gobiernos regionales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Lima, Huánuco, Junín, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Puno, San Martín y Ucayali y los municipios comprendidos ejecutarán las medidas y acciones.
Añade que lo harán con la coordinación técnica y el seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de los ministerios de Salud; de Desarrollo Agrario y Riego; de Educación; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Transportes y Comunicaciones; del Interior; de Defensa; de Energía y Minas; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y de Desarrollo e Inclusión Social, así como de instituciones públicas y privadas involucradas.
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Estudios técnicos
Esas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y se podrán modificar según las necesidades y elementos de seguridad que se presenten durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
La implementación de las acciones previstas en la disposición se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
El decreto supremo lo firma por el presidente del Consejo de Ministros y los titulares de Salud, de Desarrollo Agrario, de Educación, de Vivienda, de Transportes y Comunicaciones, del Interior, de Defensa, de Energía y Minas, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y de Desarrollo e Inclusión Social.
Foto Andina