El defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, dijo hoy martes que el Congreso no puede dar leyes con nombre propio y recordó que el indulto humanitario constituye una potestad de los presidentes, pero para ello tendría que haber razones objetivas.
Al ser consultado sobre el proyecto del congresista Roberto Vieira para otorgar arresto domiciliario a presos mayores de 75 años, el cual beneficiaría a Alberto Fujimori, recordó que las leyes no se deben dar por las personas sino por la naturaleza de las cosas.
«No puedo señalar que (el proyecto de Vieira) se trata de una norma con nombre propio porque asumo que cada congresista ha leído la Constitución y la Constitución señala literalmente que no puede haber leyes con nombre propio», enfatizó.
Sostuvo que si bien en dicha iniciativa se habla de tres requisitos (más de 75 años, haber cumplido un porcentaje de la pena, y tener enfermedad), mencionó que al Congreso le correspondería precisar que el mal es de gravedad.
Refirió, además, que el proyecto debe pasar por comisión, a fin de ver si cumple estándares mínimos de constitucionalidad y respeto a los derechos humanos.
De igual forma, comentó que ninguna persona gravemente enferma debe morir en la cárcel por una cuestión de dignidad, y por ello está la figura del indulto humanitario.
«El indulto es potestad de un Presidente, se han dado normas que regulan el indulto. Si objetivamente una persona, y no me refiero a Alberto Fujimori, cumple los requisitos que las normas establecen, el Presidente lo puede dar», afirmó.
Gutiérrez indicó que dicha gracia presidencial incluye a personas en enfermedad terminal, considerando que uno de los principios del sistema democrático es el respeto a la dignidad de las personas, incluso de aquellas que han cometido los delitos más execrables.
También aclaró que no le corresponde a la Defensoría del Pueblo determinar el estado de salud de ningún interno.
ANDINA