La Defensoría del Pueblo advirtió que una eventual aprobación de la vacancia presidencial, con la información conocida a la fecha, estaría fuera del marco constitucional por lo que llamó al Congreso a conducirse de acuerdo con lo establecido por la Carta Magna.
En un pronunciamiento, menciona que “el Congreso de la República no solo está incumpliendo su deber institucional de actuar con miras a satisfacer los derechos fundamentales de la ciudadanía, sino su obligación de interpretar la Constitución en atención al contexto social en el que nos encontramos, de respetar las garantías del debido proceso y de evitar el uso arbitrario de una causal tan amplia como la vacancia por permanente incapacidad moral”.
“Por razones de fondo y forma, una aprobación de la vacancia presidencial, con la información conocida a la fecha, estaría fuera del marco constitucional. Generar mayor inestabilidad política en un contexto de crisis sanitaria, económica y social, en un gobierno de salida y con un proceso electoral en marcha, no se alinea a los propósitos de nuestra Constitución Política”, subrayó.
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Precisó que el país afronta una crisis sanitaria sin precedentes, con más de 700 mil personas contagiadas por la covid-19 y más de 30 mil decesos, lo que “exige la máxima unidad nacional para luchar contra los estragos de esta pandemia que aún no cesa”.
“El esfuerzo conjunto del Estado debe concentrarse en contener la expansión del virus, fortalecer nuestras capacidades de respuesta en el suministro de oxígeno y otros medicamentos, asegurar la disponibilidad de camas UCI, y organizarnos para asegurar una eventual distribución y aplicación segura de una vacuna contra la covid-19”, recalcó la Defensoría del Pueblo.
Sistema democrático
Detalló que el enfrentamiento entre los poderes del Estado afecta el fortalecimiento de nuestro sistema democrático, y daña severamente el ejercicio de derechos fundamentales de millones de peruanas y peruanos.
Los audios difundidos en las últimas horas – continuó – deben ser materia de una investigación exhaustiva por parte del Ministerio Publico, con el fin de determinar las responsabilidades penales a las que hubiera lugar.
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“Estas investigaciones podrán ampliarse y, de ser el caso, formalizarse las respectivas denuncias una vez que culmine el mandato presidencial el próximo 28 de julio de 2021”, añadió.
Vacancia
Sobre el tema de la vacancia por permanente incapacidad moral del presidente de la República precisó que se trata de una figura cuya configuración y límites es aún materia de un extendido debate constitucional.
Sin embargo, explicó, es amplio el consenso de que esta se debe aplicar solo para declarar aquellas conductas especialmente graves que deterioren la dignidad presidencial e imposibiliten la permanencia de su titular en el cargo.
“Por ese motivo, para la Defensoría del Pueblo, esta debe cumplir con criterios de objetividad, respetar las exigencias de un Estado Constitucional de Derecho y el principio de gobernabilidad. Asimismo, si es utilizada para sancionar una conducta, el procedimiento para dicho fin debe someterse a estándares internacionales que obligan a respetar garantías procesales”, manifestó.
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“La naturaleza política del Congreso no lo exime de regirse bajo criterios de razonabilidad dentro de un marco jurídico-constitucional. Tomar una decisión como esta requiere la máxima serenidad y reflexión dada la dimensión de sus consecuencias”, enfatiza el comunicado de la Defensoría del Pueblo.
“Con los hechos conocidos hasta el día de hoy y el acelerado procedimiento parlamentario utilizado, una vacancia debilitaría más nuestra frágil institucionalidad y pondría en riesgo los esfuerzos realizados para superar los efectos de esta pandemia”, resaltó.
Por último, la Defensoría del Pueblo llamó a no involucrar a las Fuerzas Armadas en la presente crisis.
“Corresponde a los representantes de ambos poderes del Estado resolver este conflicto a través de las instituciones que brinda la democracia y el Estado Constitucional de Derecho”, concluyó.
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