La Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP) propuso este miércoles a la Comisión Ad Hoc la aprobación de la regulación del procedimiento de devolución de los aportes del FONAVI contenido en la Ley 29625.
Andrés Alcántara Paredes, presidente de la ANFPP e integrante de la Comisión Ad Hoc, aclaró que la devolución se debe hacer conforme a lo establecido en los fundamentos 70 y 71 de la sentencia del TC recaída en el expediente N° 008-2017-AI/TC del 8 de noviembre de 2018.
Alcántara Paredes recordó que conforme lo establece la Ley 29625 Ley de devolución del FONAVI, es atribución exclusiva de la Comisión Ad Hoc establecer mediante norma reglamentaria las modalidades de devolución, priorizando la modalidad en Compensación de Deudas con el Banco de Materiales, obras de electrificación, agua saneamiento, viviendas etc.
En la misma línea señalo que dicha modalidad de devolución en Compensación de deudas, reglamentada por la Comisión Ad Hoc, establecerá que los fonavistas que aún mantienen deudas con instituciones que administraron los recursos del Fonavi y que fueron injustamente excluidos puedan compensar su deuda con la devolución de sus aportes y, por otro lado, los Fonavistas que cancelaron sus préstamos recibirán el adelanto de su devolución en forma completa con sus intereses como ordena la Ley 29625.
El líder de los Fonavistas indicó además que conforme lo señala el fundamento 71 de la Sentencia del Tribunal Constitucional que en tanto se implemente la devolución total se debe continuar con la devolución de pagos a cuenta a todos los fonavistas que a la fecha aún no han cobrado.
Este jueves los tres representantes de la ANFPP que integran la Comisión Ad Hoc acudirán a la reunión con los demás miembros que representan al gobierno para que se priorice la aprobación de la regulación de la devolución conforme a la Ley 29625.
Texto: Hugo Laredo Medina
Fotos: Roger Erazo/Fonavi