Ejecutivo declara en emergencia a Tumbes, Piura y Lambayeque

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El Gobierno declaró este viernes en estado de emergencia a las regiones de Piura, Lambayeque y Tumbes, por el peligro y desastres causados durante el actual periodo de lluvias.

Esta medida fue dispuesta también para 47 distritos de las provincias Datem del Marañón, Alto Amazonas, Loreto, Requena, Maynas, Ucayali y Mariscal Ramón Castilla, del departamento de Loreto.

Estas disposiciones están contempladas en los Decreto Supremo 011-2017-PCM para la zona norte, y el Decreto Supremo 012-2017-PCM para los distritos de Loreto, ambas normas fueron publicadas este viernes en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Los decretos refieren que las acciones de respuesta realizadas en las zonas afectadas resultaron insuficientes para la atención de la emergencia y por este motivo se dispuso que los ministerios que refrendan estas normas, apoyen las labores que realizan los gobiernos regionales de Tumbes, Piura y Lambayeque, así como los gobiernos locales involucrados, según corresponda con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), y ejecutar las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas.

Los 47 distritos de Loreto

En el caso de la selva, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi), informó que la ocurrencia de lluvias intensas se incrementará con mayor frecuencia en la región Loreto, originando el aumento de caudales en los principales ríos y afluentes.

Estos eventos ponen en alto riesgo a 47 distritos de dicha región, debido al peligro inminente ante posibles inundaciones, erosiones pluviales y deslizamientos, con posibles consecuentes pérdidas y daños a la vida, a la salud y a los medios de vida de la población, así como también a diversas infraestructuras locales.

Lambayeque soportó lluvia de más de 10 horas (VIDEO)

De igual forma, se estableció la ejecución de medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias, orientadas estrictamente a reducir el muy alto riesgo existente, salvaguardando la vida de la población, sus bienes y la infraestructura pública y privada, así como de respuesta y rehabilitación si el caso amerita.

Las medidas y acciones pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Los decretos llevan la firma del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski; del presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala Lombardi; y de los ministros de Agricultura y Riego, José Manuel Hernández; de Defensa, Jorge Nieto Montesinos; Educación, Marilú Doris Martens Cortés; Energía y Minas, Gonzalo Tamayo; Interior, Carlos Basombrío; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ana Maria Romero Lozada; de la Producción,  Bruno Giuffra; Salud, Patricia J. García; Trabajo y Promoción del Empleo, Alfonso Grados; Transportes y Comunicaciones, Martín Vizcarra; Vivienda, Construcción y Saneamiento, Edmer Trujillo; y de Cultura, Salvador del Solar.

ANDINA

 

 

 

 

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