Está pendiente la promulgación u observación por el Ejecutivo de la aprobada ley que exonera de descuentos a las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad. El presidente Ollanta Humala reforzó hoy la incógnita sobre el futuro de la norma.
El pasado 21 de mayo el parlamento aprobó por amplia mayoría (con 99 votos a favor, cero en contra y una abstención) la legislación (ley 4465) que ordena que las gratificaciones (que rigen para el sector privado) no se encuentren afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de ninguna índole.
La ley 4465 implica que el monto que aportan los empleadores a EsSalud, como parte de las gratificaciones de julio y diciembre, se abonará al trabajador bajo la modalidad de bonificación extraordinaria.
También, la “Ley que Establece Medidas para Dinamizar la Economía el año 2015” señala que se podrá disponer del 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas de sus depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS), entre otras medidas.