SAN SALVADOR.- Un tribunal de El Salvador anuló hoy una sentencia de 40 años de cárcel a una mujer acusada de homicidio, quien perdió a su hijo en un aborto espontáneo a causa de un problema obstétrico.
En 2011, María Teresa Rivera padeció de un problema que la llevó a tener un aborto en su casa, en el que murió el feto, de menos de 21 semanas de gestación.
Al ser un hecho extrahospitalario, no pudo ser calificado legalmente como un aborto, prohibido en el país desde 1998, por lo que la Fiscalía salvadoreña la acusó de homicidio agravado y Rivera recibió una pena de 40 años de prisión.
El Juzgado Tercero de Sentencia de San Salvador basó la anulación en que «existieron debilidades en la autopsia realizada al cadáver, además no se estableció los elementos probatorios que determinaran que fuera ella la que le quitara la vida a su hijo», explicó el Centro Judicial Isidro Menéndez, que agrupa a los tribunales en San Salvador.
La sentencia de 40 años fue emitida el 27 de julio de 2012 por este mismo tribunal.
El hecho sucedió en el municipio de Mejicanos (norte) el 24 de noviembre de 2011, en la vivienda de la mujer, a quien en su momento se le acusó de haber «asesinado a su bebé recién nacido y arrojarlo en una fosa séptica en su casa», agregó el ente judicial.
Rivera era parte de un grupo de 15 mujeres condenadas por delitos ligados al aborto en El Salvador.
Jorge Menjívar, encargado de comunicaciones de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto, dijo a Efe que la decisión del tribunal «es una luz de esperanza para hacer justicia en todos aquellos casos de mujeres que han sido juzgadas irresponsablemente».
«Para las organizaciones en defensa por la despenalización del aborto es signo de que en el país se puede hacer justicia y que las mujeres que aún están en la cárcel acusadas de aborto pueden salir en libertad», aseveró.
Menjívar enfatizó que «es una noticia muy positiva que nos motiva a seguir luchando por los derechos de estas mujeres».
El aborto en todas sus formas está prohibido en el país centroamericano desde 1998; el Código Penal sanciona estas prácticas en los artículo 133, 128 y 129.
EFE/Foto:feminicidio.net