El Vaticano tendrá la última palabra ante las apariciones marianas para evitar confusión

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ROMA.- El Vaticano estableció un nuevo procedimiento para examinar las supuestas apariciones marianas, así como otros fenómenos espirituales, que «por regla general» ya no se considerarán sobrenaturales y en el que la Santa Sede tendrá la última palabra para determinar si son dignos de devoción popular.

Así consta en el documento ‘Normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales’ publicado este viernes, que sustituyen a las dictadas por Pablo VI y entrarán en vigor el próximo domingo 19 de mayo, con el objetivo de evitar confusiones y estafas propias de la era digital.

Según explicó el prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el cardenal Víctor Manuel Fernández, una de las mayores novedades del texto es que, para evitar retrasos en el proceso de investigación de las supuestas apariciones, el proceso de discernimiento terminará «no con una declaración ‘de supernaturalitate’ (de sobrenatural)».

La nueva normativa, que fue aprobada por el Papa el pasado 4 de mayo y replantea el proceso de evaluación usado por la Iglesia católica y en definitiva aparta la cuestión de si las autoridades eclesiásticas deben declarar como sobrenatural una determinada visión, estigma u otro acontecimiento aparentemente de inspiración divina. A partir de ahora, se podrán dictar seis votos diferentes para discernir los casos.

El primero de los votos es el ‘Nihil obstat’, por el que no se expresa ninguna certeza sobre la autenticidad sobrenatural, pero se reconocen signos de una acción del Espíritu. Se anima al obispo a evaluar el valor pastoral y a promover la difusión del fenómeno, incluidas las peregrinaciones.

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En segundo lugar, está ‘Prae oculis habeatur’, por el que se reconocen signos positivos, pero también elementos de confusión o riesgos que requieren discernimiento y diálogo con los destinatarios. Puede ser necesaria una clarificación doctrinal si hay escritos o mensajes asociados al fenómeno.

En tercer lugar, puede optarse por ‘Curatur’, por el que se reconocen elementos críticos, pero hay una amplia difusión del fenómeno con frutos espirituales verificables. Se desaconseja una prohibición que pueda perturbar a los fieles, pero se pide al obispo que no fomente el fenómeno;

En cuarto lugar, está ‘Sub mandato’, que dicta que las cuestiones críticas no están relacionadas con el fenómeno en sí, sino con el mal uso que hacen de él individuos o grupos. La Santa Sede confía al obispo o a un delegado la guía pastoral del lugar.

En quinto lugar, también se recoge la opción de ‘Prohibetur et obstruatur’, que establece que, a pesar de algunos elementos positivos, las criticidades y los riesgos son graves. El Dicasterio pide al obispo que declare públicamente que no se permite la afiliación y que explique los motivos de la decisión.

Y, en sexto lugar, la ‘Declaratio de non supernaturalitate’, en la que el obispo está autorizado a declarar que el fenómeno no es sobrenatural basándose en pruebas concretas, como la confesión de un presunto vidente o testimonios creíbles de falsificación del fenómeno.

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«Por regla general», estas conclusiones «no incluyen la posibilidad de declarar que el fenómeno bajo discernimiento es de origen sobrenatural -es decir, afirmar con certeza moral que se origina por una decisión querida por Dios de manera directa», según recoge la norma.

Una vez que la investigación sobre una supuesta aparición o acontecimiento espiritual haya sido completada por el obispo diocesano local y enviada al Vaticano con su evaluación, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe responderá con una nota evaluativa con una de las seis posibles respuestas.

Así, en lugar de contar con un dictamen definitivo sobre la naturaleza sobrenatural del presunto acontecimiento, el dicasterio podrá -según los casos- llegar a una conclusión positiva de que ‘nada se opone’.

El cardenal Fernández ha manifestado que el objetivo de esta nueva normativa es simplificar los procedimientos y poder llegar más rápidamente a una decisión sobre estos supuestos fenómenos sobrenaturales, lo que es especialmente importante en la era digital, sobre todo para evitar estafas y sortear a los que «intentan ganar dinero a costa de las creencias de la gente o manipularla».

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Las nuevas normas sustituyen íntegramente a las anteriores, dictadas por el Papa Pablo VI en 1978, que no se hicieron públicas hasta 2011. Entre otras cosas, la nueva normativa también regula el uso del falso misticismo, así como el uso de imágenes espirituales como «medio o pretexto para ejercer control sobre las personas o llevar a cabo abusos». Por ejemplo, una de las monjas víctimas del sacerdote jesuita Marko Rupnik, aseguró en declaraciones a la prensa que solía invocar «la Santísima Trinidad para que hicieran «tríos sexuales».

SOLO SEIS CASOS RESUELTOS DESDE 1950

El purpurado argentino también aseguró que parte de la lógica que impulsa las nuevas normas es que en el pasado las decisiones «tomaban un tiempo excesivamente largo, que a veces abarcaba varias décadas», lo que significaba que un fallo a menudo llegaba cuando era «demasiado tarde». De hecho, desde 1950 solo seis casos de supuestas apariciones de la Virgen se han resuelto de forma definitiva.

El proceso de revisión de la normativa de 1978 arrancó en 2019 y en 2023 se acordó una revisión exhaustiva y «radical». Esta legislación regula también criterios que tienen que ver con las cualidades personales del vidente o videntes; en particular, el equilibrio psíquico, la honestidad, la rectitud de la vida moral, la sinceridad o la docilidad habitual hacia la autoridad eclesiástica.

Europa Press

 

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