El Jurado Nacional de Elecciones anunció que los partidos políticos que participarán en las 2016 pueden inscribir hasta el 12 de diciembre las alianzas electorales ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).
Recuerdan que solo los partidos políticos con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas podrán efectuar alianzas con otros partidos inscritos para las elecciones del 10 de abril del 2016 y no con movimientos regionales.
El plazo para las alianzas, según el Jurado Nacional de Elecciones está establecido en la Ley de Partidos Políticos, que dispone que estas se deben dar entre los 180 días calendarios previos a la elección y los 30 días antes de la elección de la candidatura presidencial, es decir, entre el 13 de octubre y el 12 de diciembre.
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— Crónica Viva (@cronica_viva) November 6, 2015
REQUISITOS
Para que la alianza quede inscrita los partidos políticos deben presentar el acta del acuerdo para la formación de la alianza, con la firma autorizada de los dirigentes señalados en sus estatutos.
El acuerdo debe indicar, además, el proceso electoral en el que participarán, los órganos de gobierno que tendrán, la denominación de la alianza, el símbolo y la designación de los personeros legales y técnicos, además de la manera que se distribuirán las curules entre los integrantes de la alianza electoral.
El Jurado Nacional de Elecciones recordó también que las alianzas electorales se disuelven tras el proceso electoral para el que se unieron y, si desear ampliar el plazo de vigencia, deberán comunicar esta decisión al Registro de Organizaciones Políticas hasta 30 días naturales posteriores al término del proceso electoral.
Foto Crónica Viva- Renzo Chávez
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