Los ciudadanos que no cumplan con su deber de miembros de mesa titulares o suplentes, elegidos mediante sorteo realizado por la ONPE, pagarán 215 soles de multa que también recibirán quienes estando en la cola de ingreso a las mesas de votación, rechacen cumplir con el cargo, si ninguno de los elegidos se presentara.
El monto de la multa se obtendrá al sacar el 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) establecida para el 2020 (4,300 soles), según la Ley 28859, en su artículo quinto.
Este artículo fija que esta multa se aplicará “por no asistir o negarse a integrar la mesa de sufragio” y también “por negarse al desempeño del cargo de miembro conforme a la selección (sorteo)”.
Esta multa será la misma tanto para los distritos electorales denominados “no pobres”, “pobres no extremos” y “pobres extremos”.
Asimismo, de acuerdo con la especialista en capacitación electoral de la ONPE, Cledy Gutiérrez, los miembros de mesa también podrían ser pasibles de una doble multa, si además de no cumplir con su cargo tampoco voten.
En este caso, además de los 215 soles, se le debe sumar 86 soles si vive en un distrito no pobre, 43 soles para el caso de pobre no extremo, y 21.50 soles en caso de pobres extremos.
“El cargo de miembro de mesa es irrenunciable tal como lo establece la norma vigente (Ley Orgánica de Elecciones) que establece la irrenunciabilidad a esta designación”, afirmó.
Foto Andina