Todos los establecimientos de salud del sector público atenderán de manera gratuita, sin convenio previo alguno, a las personas, nacionales o extranjeros, en las zonas de desastres y/o catástrofes originados como consecuencia de las lluvias intensas, de acuerdo al Decreto de Urgencia publicado hoy martes en el diario oficial El Peruano.
El Decreto de Urgencia 006-2017 precisa que están incluidas en esta medida excepcional las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas de las Redes del Ministerio de Salud, de los Gobiernos Regionales, del Seguro Social de Salud (EsSalud) y de las Sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
La norma aclara que no será necesaria la suscripción previa de convenio, acuerdo o instrumento de similar naturaleza, entre dichas instituciones para atender a las personas en áreas de emergencia, hospitalización y áreas críticas, consulta externa y servicios de apoyo al diagnóstico, entre otros.
Esto incluye la prestación de tales servicios en hospitales de campaña, puestos médicos de avanzada, módulos de salud o cualquier otra oferta móvil en salud que se ponga a disposición de la población afectada por las circunstancias antes señaladas.
Los servicios citados solo operan cuando las IPRESS públicas ubicadas en una determinada jurisdicción, pierdan su capacidad operativa por aspectos vinculados a daños de su infraestructura, rompimiento o insuficiencia de la cadena de suministros necesarios para su funcionamiento y/o falta de recurso humano.
El Decreto de Urgencia está refrendado por el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski; el primer ministro, Fernando Zavala, así como por los ministros de Economía, Alfredo Thorne; de Salud, Patricia García; de Trabajo, Alfonso Grados; de Transportes y Comunicaciones, Martín Vizcarra; de Defensa, Jorge Nieto y del Interior, Carlos Basombrío.
ANDINA