El Decreto Supremo 046-2025-PCM, publicado el domingo 13 de abril de 2025 en una edición extraordinaria de El Peruano, establece medidas restrictivas para motocicletas y vehículos menores en Lima Metropolitana y el Callao.
Ello, tras la prórroga del estado de emergencia por 30 días (a partir del 17 de abril de 2025).
Principales disposiciones:
Prohibición de acompañantes en motocicletas (categorías L1 y L3):
Solo podrán circular con el conductor, sin pasajeros.
Los conductores no podrán usar accesorios en el casco que oculten su rostro.
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Excepciones:
No aplica para policías, militares, serenazgo y bomberos en funciones.
Control y sanciones:
La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas fiscalizarán el cumplimiento.
Si hay indicios de delito, los involucrados serán llevados a comisarías.
Restricción de derechos constitucionales:
Se suspenden temporalmente garantías como:
Inviolabilidad de domicilio.
Libertad de tránsito.
Libertad de reunión.
Seguridad personal.
Contexto:
Esta medida busca reforzar el control durante el estado de emergencia (inicialmente declarado el 17 de marzo de 2025 mediante DS 035-2025-PCM), ante posibles amenazas al orden público. Se enmarca en la legislación peruana sobre uso de la fuerza (Decretos Legislativos 1186 y 1095).
¿Hasta cuándo rige?
Vigente por 30 días desde el 17 de abril de 2025.
Firmantes del decreto:
Presidente del Consejo de Ministros.
Ministros del Interior, Defensa, Justicia, y Transportes.
🔴 Importante: Infringir estas normas puede derivar en detención por sospecha de delito.
Foto Andina