El Gobierno declaró seis nuevos días no laborables en lo que resta del año, a fin de fomentar entre los trabajadores de todo el país el turismo interno e impulsar la reactivación económica.
El Decreto Supremo 161-2021-PCM, publicado en la Edición Extraordinaria de Normas Legales de El Peruano, lleva las firmas del presidente Pedro Castillo; de la jefa del Gabinete Ministerial, Mirtha Vásquez; y de los ministros de Trabajo y Comercio Exterior y Turismo.
La norma contempla los siguientes días:
– Lunes 11 de octubre del 2021
– Martes 2 de noviembre del 2021
– Viernes 24 de diciembre del 2021
– Lunes 27 de diciembre del 2021
– Viernes 31 de diciembre del 2021
– Lunes 3 de enero del 2022
Cabe recordar que este viernes 8 de octubre fue feriado calendario en conmemoración del Combate de Angamos, el cual sumado al sábado 9, domingo 10 y ahora el lunes 11 (no laborable) forman un fin de semana largo.
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A quiénes beneficia
El beneficio de los días no laborables está dirigido a trabajadores de sector público, a escala nacional; sin embargo, los centros de trabajo del sector privado pueden acogerse a la medida, previo acuerdo entre empleador y trabajadores.
Compensación de horas
Las horas dejadas de laborar durante los días no laborables serán compensadas en los 10 días posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
📣 Saludamos a la Marina de Guerra del Perú 👋🏽 por su #200Años de servicio a la Nación 🇵🇪 y conmemoramos en esta fecha, 8 de octubre, la gesta heroica del Almirante #MiguelGrau en el #CombatedeAngamos 🚢 . pic.twitter.com/wR1Te71PKj
— Ministerio de Cultura (@MinCulturaPe) October 8, 2021
Los titulares de las entidades del sector público adoptarán –durante las seis fechas– las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, añade el decreto supremo.
Actividades de especial relevancia
El texto de la norma indica qué actividades del sector privado están facultadas a determinar los puestos de trabajo excluidos de este beneficio y los trabajadores que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
Fuente: Andina