El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) señaló que cada seis meses las empresas financieras deberán reportar a la Sunat la información de las cuentas bancarias cuyo monto alcance o supere los 30,800 soles.
“Lo que diseñamos en su momento era que se informe de manera mensual las cuentas superiores a 10,000 soles. Pero luego hemos sostenido conversaciones con representantes del sector privado y de las entidades financieras y fuimos citados a la Comisión de Economía del Congreso, donde recogimos sus preocupaciones”, dijo el director general de Política de Ingresos Públicos del MEF, Marco Camacho.
“Ahora estamos ajustando el monto, y en lugar de ser 10,000 soles lo estamos elevando a 30,800 soles. Además, para la periodicidad, en lugar de que los bancos entreguen información de manera mensual a la Sunat, ahora se está estableciendo que entreguen información de forma semestral”, agregó.
Bajo Decreto Supremo N° 009-2021-MEF, se fijó en 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 30,800 soles, el monto de las cuentas bancarias cuya información deberán reportar las empresas del sistema financiero a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Fuente: radionacional.com.pe