El fiscal coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela, interpuso un recurso de casación para anular la excarcelación de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, quien salió en libertad hoy bajo una comparecencia restringida.
El recurso fue presentado ante la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado de la Corte Superior de Justicia Penal Especializada.
Señala que la admisión a trámite del recurso de apelación contra la orden de prisión preventiva por 15 días debió ser declarado inadmisible por ingresar fuera de plazo establecido, lo que evidencia una inobservancia de la ley procesal.
Como se recuerda, el 30 de abril pasado la Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado admitió el recurso de apelación en favor de Keiko Fujimori presentado por su defensa legal.
Esta tarde, la lideresa de Fuerza Popular dejó el centro de reclusión, luego de que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) fuera notificado por el Poder Judicial.
Keiko Fujimori Higuchi es investigada por la presunta comisión del delito de lavado de activos y otros en agravio del Estado.
Jueces piden respetar decisión
De otro lado, los integrantes de la Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado que ordenó la libertad de Keiko Fujimori, recordaron que toda persona y autoridades están obligados a acatar las decisiones judiciales en su propios términos, sin calificar su contenido, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad.
En ese sentido, cuestionado que «indebidamente se recurra a presión mediática orientada al rechazo de determinados jueces por parte de un sector de la colectividad».
«Ello implica que, al no poder direccionar determinadas decisiones, se cuestione a la judicatura con argumentos distorsionados, mellando con ello a la institución del Poder Judicial y el sistema democrático», señalan.
Recuerdan además que los jueces están investidos de independencia en el ejercicio de sus funciones, por ende, la parte procesal que no se encuentre de acuerdo con las mismas tiene expedito su derecho de acceder a los recursos previstos en la ley. (Andina)