La variación del mandato de comparecencia con restricciones por la medida de detención domiciliaria por 18 meses contra el imputado Alberto Fujimori por el caso Pativilca, fue solicitada por el Ministerio Público a raíz de la resolución del Tribunal Constitucional mediante la cual el expresidente quedó en libertad.
Mediante una resolución, la fiscal superior de la Segunda Fiscalía Superior Penal Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad, Raquel Cárdenas, realizó este requerimiento en el marco de la investigación contra el condenado exmandatario por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio calificado, en un contexto de lesa humanidad, en agravio de Jhon Calderón y otros.
Entre las consideraciones que sustentan el requerimiento, la Fiscalía establece la existencia de un peligro procesal, el cual consideran debe ser ponderado con el estado de salud del procesado Alberto Fujimori, sobre quien señalan tiene 85 años y “padece de enfermedades gravosas”.
En esa línea, se señala que dichas condiciones han sido advertidas, a fin de emitir un pronunciamiento objetivo, por lo que concluyen que se debe aplicar el arresto domiciliario para evitar el peligro de fuga y obstaculización del proceso.
Respecto del plazo de aplicación de la detención domiciliaria, la Fiscalía advierte que se consideró la complejidad del caso, además de que la Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria dispuso que se inicie la fecha de inicio del juicio oral por este caso el 18 de diciembre de 2023. Así, estimaron proporcional que esta medida se dé por 18 meses, pues este sería el plazo en que se efectuará la realización del juicio oral.
El Caso Pativilca se remonta al 29 de enero de 1992, seis campesinos de los anexos El Caraqueño y San José en Pativilca, provincia limeña de Barranca, fueron secuestrados torturados y asesinados por integrantes del grupo Colina. Se trata de Ernesto Arias Velásquez (17), Jhon Calderón Ríos (18), Toribio Ortiz Aponte (25), César Rodríguez Esquivel (29), Pedro Agüero Rivera (35) y Felandro Castillo Manrique (38), quienes fueron ejecutados extrajudicialmente.
El técnico del Ejército Jorge Ortiz Mantas, exintegrante del grupo Colina, confesó que participó en la masacre. Señaló en una sesión judicial de febrero de 2008 que el grupo Colina dependía del exgeneral Hermoza Ríos, quien respondía a las órdenes de Alberto Fujimori.
En mayo 2018, el Colegiado B de la Sala Penal Nacional del Poder Judicial ordenó el impedimento de salida del país para Alberto Fujimori por este caso, además de comparecencia con restricciones por 18 meses, variando así la condición de comparecencia simple dispuesta en febrero de ese año.
Asimismo, el colegiado resolvió que en el caso Pativilca no se aplica el derecho de gracia otorgado por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski a Alberto Fujimori, por lo que no será excluido del juicio. El tribunal también aceptó la petición de la defensa de las víctimas, por lo que el exmandatario será procesado como presunto autor mediato del delito de homicidio calificado.
(JA)- Foto La República
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