La Asociación de Fonavistas de los Pueblos del Perú celebró 18 años de fundación con loable desempeño de sus dirigentes como promotores de la Ley 29625 lograda en Referéndum en las elecciones municipales del pasado 10 de octubre del 2010.
Andrés Alcántara Paredes, presidente de la ANFPP, en un resumen de los logros del fonavismo recordó que de todas las acciones la más importante fue obtener la ley de devolución de los aportes al fenecido fondo de vivienda.
Señaló que obtener la ley 29625 fue una tarea que se tomó como reto tras las reiteradas negativas de los gobernantes de turno para que el reclamo de los fonavistas cayera en el olvido.
Alcántara Paredes recordó que el Congreso de aquel entonces no le dio la importancia debida y más bien creó una iniciativa de ley que, lejos, no era compatible con el reclamo de los fonavistas.
El Tribunal Constitucional-dijo- les dio la razón con la sentencia en el que aceptaba que el dinero de los fonavistas no fue tributo y más bien consideró que eran aportes y estableció que era un derecho de propiedad que debía devolverse.
El siguiente paso era lograr la devolución pero a través de una ley que ordenara la restitución del dinero y era necesario un Referéndum donde el pueblo expresara su decisión en las urnas.
El titular de los fonavistas recordó que el JNE no quiso se hiciera el Referéndum y puso trabas para desanimarlos con la exigencia de más de un millón de firmas para acceder al pedido de la consulta popular.
“El Jurado Nacional de Elecciones no tuvo en cuenta que el tesón fonavista era a prueba de balas y se empezó a recolectar las firmas que al final superaron los dos millones y ya no había forma para que el ente electoral se niegue al Referéndum”, precisó.
Alcántara Paredes señaló que en el Referéndum más de 9 millones de peruanos dijeron ‘sí’ a la devolución y de ese modo nació la ley 29625 Ley de restitución del dinero aportado por los fonavistas.
Finalmente señaló que en el gobierno pasado de Ollanta Humala una sucia jugada estableció que la devolución sea solo de S/. 10.69 soles por mes aportado cuando el capítulo 1 dice que se debe devolver en forma íntegra y los intereses generados en los 18 años de descuento al trabajador.
‘Actualmente hemos acudido nuevamente al TC para una demanda de inconstitucionalidad contra la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria y final de la ley 30114, Ley de presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014 y la inconstitucionalidad por conexión del DS 016-2014 EF».
“La ley 30114 creada para la devolución del dinero a los fonavistas es ilegal por cuanto se hizo enmarcada en el presupuesto fiscal cuando no era procedente y encima se devuelve con una ley fenecida”.
“El TC ya se pronunció y lo que viene es la devolución total sin exclusiones para los fonavistas que reclama la devolución total de sus aportes”, concluyó Alcántara Paredes.