El presidente de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP), Andrés Alcántara Paredes, indicó este miércoles que el Tribunal Constitucional demora innecesariamente la sentencia de las dos demandas de inconstitucionalidad contra la fenecida Ley 30114.
Señaló que la demora se debe a que la magistrada Ledesma Narváez guardó el expediente en su escritorio cuando debió darle curso para que el TC entregue las dos resoluciones y su posterior publicación en el diario El Peruano.
Explicó que la primera demanda (Expediente N° 012-2014-AI) fue declarada fundada por el TC con lo cual se determina que la devolución es a través de la cuenta individual elaborada para cada fonavista de acuerdo a sus aportes más los intereses como manda la Ley 29625.
La segunda demanda (Expediente 08-2017-AI) es contra la Ley 30114 que atenta contra los principios constitucionales de anualidad y exclusividad contemplados en los artículos 77 y 78 de la Constitución que distorsiona el proceso de devolución del FONAVI que es usado por el Gobierno como pretexto para excluir a más de 300 mil fonavistas por supuestos beneficios mediante obras de electricidad y agua mediante el Banco de Materiales.
El líder de los fonavistas precisó que esta segunda demanda es la que falta ser resuelta por el TC la misma que se realizará en el pleno cuya fecha deberá ser fijada por el presidente Ernesto Blume.
En ese sentido dijo Alcántara Paredes, la vigilia continuará hasta que se logre que la Ley 30114 se le dé de baja para que la devolución se realice tal como manda la ley 29625.