El Poder Ejecutivo declaró el estado de emergencia, por el término de 60 días calendario, en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla, de la región Loreto, en el oriente del país.
A través del Decreto Supremo 023-2023-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, indica que durante este periodo la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas (FF.AA.).
Asimismo, precisa que durante el estado de emergencia se aplica lo dispuesto en el artículo 137 de la Constitución, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
Además, señala que la intervención de la PNP y de las FF.AA. se efectúa conforme a lo dispuesto Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento.
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En la parte considerativa señala que esta recomendación para declarar el estado de emergencia en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla (Loreto), se basa en un informe de la Comandancia General de la Policía
Nacional del Perú.
Ello a consecuencia del accionar delictivo de organizaciones criminales dedicadas al tráfico ilícito de drogas y delitos conexos, quienes vienen actuando ilegalmente en dichas zonas.
Refrendan el decreto supremo la presidenta de la República, Dina Boluarte; el titular del Gabinete Ministerial, Alberto Otárola; y los ministros de Defensa, Jorge Chávez; del Interior, Vicente Romero; y de Justicia, José Tello.
ANDINA