Gobierno publica reglamento sobre la leche y productos lácteos

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El Ministerio de Agricultura (Minagri) publicó hoy el Reglamento de la leche y productos lácteos que tiene por objetivo establecer requisitos que deben cumplir estos productos de origen bovino, destinados al consumo humano.

El Decreto Supremo N° 007-2017-MINAGRI, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, precisa que dicho reglamento, que consta de 65 artículos y un anexo, busca garantizar la vida y la salud de las personas, generando productos inocuos y prevenir prácticas que puedan inducir a error.

Dicho reglamento se aplica a la leche y productos lácteos nacionales e importados, destinados para consumo humano, y es de aplicación a su obtención, procesamiento, envase, transporte, comercialización y expendio.

Así, por ejemplo, el artículo 45 del reglamento establece que el envase que contiene el producto debe ser de material inocuo, libre de sustancias, que puedan ser cedidas al mismo, afectando su inocuidad.

Asimismo, debe ser fabricado de manera que mantenga la calidad sanitaria y composición del producto durante toda su vida útil. Todo empaque de la leche y productos lácteos debe permitir su adecuada identificación.

En tal sentido, precisa que los materiales de los envases de estos productos deben cumplir con lo establecido en la normativa vigente y, complementariamente, con lo establecido por el Codex Alimentarius.

Gobierno publicará este viernes Reglamento de la leche y derivados lácteos

Igualmente, en el artículo 48 del reglamento se establece que los alimentos deben llevar en su etiquetado, de manera destacada, la denominación del producto, la cual debe reflejar su verdadera naturaleza, sin generar confusión ni engaño al consumidor.

La norma señala que las autoridades competentes que deben velar por el cumplimiento del reglamento son el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) del Minagri y la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) del Ministerio de Salud (Minsa).

Asimismo, el Instituto Nacional de Salud, a través del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición (Cenan), la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), gobiernos regionales y gobiernos locales.

ANDINA

 

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