La exoneración de descuentos en las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad por la Ley 30334, que establece las medidas para dinamizar la economía en el 2015, fue publicada hoy en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Dicha norma, publicada por el Poder Legislativo y firmada por su titular Ana María Solórzano, entrará en vigencia desde este jueves.
En primer lugar dispone que las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, “excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador”.
Asimismo, refiere que se aplicará a los regímenes laborales del sector público, así como aquellos aplicables a los servidores civiles bajo el alcance de la Ley del Servicio Civil.
En cuanto al monto que abonan los empleadores por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (EsSalud), con relación a las gratificaciones de julio y diciembre, “son abonado a los trabajadores bajo la modalidad de bonificación extraordinaria de carácter temporal no remunerativo ni pensionable”.
Además, lo dispuesto también será de aplicación a los jubilados y pensionistas.
Asimismo, los trabajadores podrán retirar libremente el ciento por ciento del excedente de las cuatro últimas remuneraciones de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), según establece la Ley 30334 y que además instaura las medidas para dinamizar la economía en el 2015.
Dicha norma autoriza a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, a disponer libremente del ciento por ciento del excedente de cuatro remuneraciones brutas que tengan acumuladas a la fecha de disposición.
Andina