Guillén: Nuevos criterios jurídicos para prisión preventiva se aplican a futuro

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Los acuerdos del XI Pleno Jurisdiccional Supremo Penal, que fijan criterios jurídicos para la prisión preventiva, impedimento de salida del país, diligencias preliminares y vigilancia electrónica, son lineamientos que se aplican a futuro y no sobre resoluciones firmes, explicó el exfiscal supremo Avelino Guillén.

«Esos lineamientos se aplican a futuro, para adelante, para las nuevas medidas que se van a solicitar, pero no se pueden aplicar sobre medidas tomadas y que han quedado firmes», precisó Guillén en declaraciones a la agencia Andina.

No obstante, dijo que si se plantea un recurso impugnatorio contra una orden de prisión preventiva ante instancia superior, en ese caso «necesariamente y de manera obligatoria» se tiene que sopesar y tener en cuenta los criterios señalados en el acuerdo plenario de la Corte Suprema.

«Las medidas van a permanecer inalterables. En todo caso solo si se plantea una impugnación contra un mandato de prisión preventiva, ahí las medidas, que se han dictado anteriormente a este acuerdo, pueden ser evaluadas teniendo en cuenta estos nuevos criterios», señaló.

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A modo de ejemplo, dijo que en caso se haya dictado orden de prisión preventiva contra un procesado ayer, antes que se conocieran los nuevos lineamientos establecidos por el Pleno Jurisdiccional Supremo Penal, se podría impugnar dicho fallo y plantear un recurso de apelación ante instancia superior a fin que se tomen en cuenta los nuevos lineamentos.

Consultado sobre si la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori o el expresidente Pedro Pablo  Kuczynski podrían beneficiarse con los nuevos criterios establecidos por la Corte Suprema, Guillén explicó que en ambos casos los plazos se han vencido.

Además, precisó que para Fujimori Higuchi, la discusión a nivel judicial para obtener su libertad ya concluyó y se ha trasladado al Tribunal Constitucional, instancia que tiene que evaluar el hábeas corpus presentado por Sachi Fujimori para lograr la excarcelación de su hermana.

En el caso de Kuczynski, indicó que el exmandatario se encuentra con arresto domiciliario y el nuevo acuerdo plenario no le alcanza.

En su opinión, el XI Pleno Jurisdiccional Supremo Penal ha elevado la valla y reforzado anteriores criterios en relación a que tiene que haber una certeza, casi a nivel de acusación, sobre que el imputado ha cometido delito y es responsable de los delitos que se atribuye para dictar una prisión preventiva.

«La novedad estriba en que cuando se atribuye a una personas pertenencia a una organización criminal, lo que se tiene que probar o acreditar es el rol que ha cumplido en esta organización y no solo señalar que es miembro (…) esas son las nuevas exigencias que se deben tener en cuenta a partir de la decisión de la Corte Suprema», indicó.

ANDINA

 

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