La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi señaló que Rappi S.A.C. vulneró derechos de los consumidores al establecer de antemano la entrega de propina.
La sala confirmó en segunda y última instancia la responsabilidad administrativa de la empresa y dispuso, como medida correctiva, que modifique su plataforma digital para que someta a consulta del consumidor, de manera clara y en términos sencillos, si este desea o no abonar un monto por concepto de propina.
Indecopi prohíbe a Rappi colocar el monto de la propina manera predeterminada en su aplicativo
— Lpderecho.pe (@lpderecho1) May 31, 2024
📑 Resolución 1235-2024-SPC-Indecopi
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En la resolución 1235-2024/SPC-INDECOPI del 6 de mayo de 2024, la SPC argumentó que dicha conducta calificaba como un método comercial coercitivo, ya que obligaba al consumidor a asumir una prestación no pactada, lo que es una infracción según el artículo 56.1 literal b) del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Se verificó que el diseño de la aplicación podía dar a entender a los consumidores que el monto predeterminado de propina debía ser pagado sin la posibilidad que aquellos puedan negarse al pago, contradiciendo el carácter voluntario de dicho concepto.
Texto: WSV
Foto: Semana Económica
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