El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 declaró improcedente, por extemporánea, la apelación del Partido Aprista Peruano contra la resolución que denegó el pedido de apertura del sistema Declara para inscribir su lista de candidatos al Congreso.
La resolución 00080-2020 JEE-LIC 2/JNE señala que el recurso de apelación ingresado el 27 de diciembre de 2020 a las 15:47 horas por la mesa de partes virtual fue ingresado de manera extemporánea.
Se precisa además que la resolución 00060-2020-JEE-LIC2/JNE (en la que se declara la improcedencia del pedido apertura del sistema Declara) fue debidamente notificada a su personero legal José Pimentel Aliaga en su casilla electrónica el día 24 de diciembre de 2020.
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Al respecto se indica que no es exacta la afirmación del personero, en el sentido que habría sido notificado el día 25 de diciembre del año en curso.
La resolución señala que se notificará a la organización política Partido Aprista Peruano, debidamente representada por su personero legal titular, José Pimentel Aliaga, en la casilla electrónica habilitada para tal fin.
Asimismo, será publicada en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones y en el panel del JEE Lima Centro 2.
ANDINA