JNE: Partidos pueden retirar candidatura y no perderán su inscripción

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El Jurado Nacional de Elecciones precisó hoy que los partidos políticos que retiren su candidatura presidencial o que no se presentaron a las elecciones 2016, no perderán su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

Ello en virtud de que en este proceso electoral se aplica el artículo 2 de la Ley N° 30414, que modifica la Ley de Organizaciones Políticas, que establece la cancelación si un partido no participa en dos elecciones generales sucesivas.

«Si una organización política no presentó su fórmula y listas de candidatos en el proceso de Elecciones Generales 2016 y del Parlamento Andino o decide hacer retiro de sus candidatos, no perderá la inscripción que tiene ante el ROP«, precisa en un comunicado.

Indican que para retirar las candidaturas presidenciales, congresales o al Parlamento Andino, las solicitudes que presente el personero legal, deben estar acompañadas de los documentos que acrediten la decisión de retiro, emitida por la organización política.

La decisión, según sostiene el JNE, se debe realizarse con respeto al debido proceso, y de acuerdo con su estatuto o norma de organización interna, conforme lo establece el artículo 45 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos que emitió el JNE.

Para este proceso electoral han solicitado inscripción ante el Jurado Especial Electoral Lima Centro 1 un total de 19 organizaciones políticas y alianzas electorales, de las cuales una ha retirado su inscripción: Siempre Unidos, que postulaba a Felipe Castillo.

Renzo Reggiardo, de Perú Patria Segura, también ha pedido su retiro, pero el JEE lo ha declarado inadmisible y ha pedido que presente los documentos de democracia interna que sustenten la decisión partidaria de retirarse.

 

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