Una vez que se resuelvan la totalidad de actas observadas correspondientes a la provincia de Lima, y dichos pronunciamientos adquieran firmeza, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro (JEE-LC) estará en condiciones de proceder a la proclamación de resultados de las autoridades electas de Lima Metropolitana para el periodo 2023-2026.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) indicó que, hasta el momento, nueve de los 10 Jurados Electorales Especiales (JEE) instalados en el distrito electoral provincial de Lima han resuelto el íntegro de las actas observadas de sus jurisdicciones y procedieron a remitirlas a las correspondientes Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) para su ingreso al cómputo de resultados, sin que haya mediado recurso de apelación alguno.
En tanto, hasta el pasado viernes 14 se encontraban pendientes de resolución 27 actas observadas a cargo del JEE de Lima Este 1 (JEE-LE1). Una vez que este órgano electoral emita pronunciamiento, deberán transcurrir tres días hábiles en los cuales podrá impugnarse lo resuelto ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual zanjará el asunto en última y definitiva instancia.
Una vez que se resuelvan la totalidad de actas observadas correspondientes a la provincia de Lima y dichos pronunciamientos adquieran firmeza, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro estará en condiciones de proceder a la proclamación de resultados de las autoridades electas. pic.twitter.com/1wAGXy2wUq
— JNE Perú (@JNE_Peru) October 16, 2022
Al ser resueltos estos documentos serán devueltos a la ODPE correspondiente, a fin de que los votos contenidos en los mismos sean contabilizados, de acuerdo a lo determinado.
De esta forma, con la totalidad de actas resueltas, el JEE-LC solicitará a la secretaría general de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) el reporte del cómputo de resultados al 100 % de la provincia de Lima. Con este documento, el citado órgano electoral de primera instancia procederá a proclamar resultados de Lima Metropolitana, tal como señala la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
Para el efecto, deberá elaborar el “Acta de Proclamación de Resultados del Cómputo y de Autoridades Municipales Electas”, en la cual se designa como alcalde al ciudadano de la lista que obtenga la votación más alta y, a esta nómina, se le aplica llevar la mayoría o la cifra repartidora para determinar la cantidad de regidores que le corresponde. Las demás regidurías de las otras agrupaciones se distribuyen mediante este mismo método.
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El citado documento deberá leerse en acto público, de preferencia virtual como medida de prevención sanitaria, y serán convocados los personeros legales de las organizaciones políticas participantes en la elección.
Entrega de credenciales
Luego de la lectura de la referida acta de proclamación, la misma podrá ser impugnada en un plazo de tres días hábiles, solo por cuestiones numéricas. De ocurrir ello, el Pleno del JNE deberá pronunciarse en última instancia al respecto.
De no haberse producido apelación alguna o tras haber resuelto el JNE, el JEE-LC deberá entregar las credenciales a las autoridades electas para la Municipalidad de Lima Metropolitana en las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
ANDINA