Suspenden plazo de adecuación de partidos a reglamento de organizaciones políticas

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió por mayoría suspender el plazo para la adecuación de los partidos políticos al Reglamento del Registro de Organizaciones, el cual venció el último 16 de abril, debido a las graves circunstancias generadas por la pandemia del COVID-19.

A través de la Resolución N 0158-2020 JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el máximo organismo electoral indica que, de acuerdo a la legislación vigente, los partidos políticos debían adecuarse a los dispuesto en el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas en el plazo de 90 días hábiles, el cual vencía el pasado 16 de abril.

No obstante, señala la resolución, la declaración del estado de emergencia nacional y aislamiento social obligatorio dispuesto para contener el brote del nuevo coronavirus ha ocasionado un cambio sustancial en el desarrollo de las actividades en todo el país, incluyendo también el proceso de adecuación de los partidos a las leyes electorales actuales.

En tal sentido, subraya que no podría exigir a las organizaciones políticas, en las actuales circunstancias del país, presentar la documentación respectiva antes del 16 de abril, pues ello implicaría desconocer las implicancias del Estado de Emergencia Nacional, cuyas disposiciones hacen materialmente imposibles el desarrollo pleno de las actividades partidarias tendientes a lograr la adecuación exigida por el reglamento, razón por la cual se resolvió suspender el plazo.

Por otro lado, el JNE estableció que, a partir de la fecha, sus sesiones privadas y audiencias públicas pueden desarrollarse de manera presencial o bajo la modalidad virtual cuando lo estime necesario, en cumplimiento con las disposiciones sobre seguridad y sanidad aprobadas en el marco del Estado de Emergencia Nacional con motivo del brote de covid-19.

Esta disposición tiene como finalidad garantizar la continuidad de la función jurisdiccional en materia electoral, en el marco de las disposiciones para frenar la expansión del citado virus, entre ellas la de aislamiento social obligatorio.

Las audiencias virtuales, según la norma, serán publicadas en el portal institucional del JNE para conocimiento público y el pleno del JNE se declaró en sesión virtual permanente hasta la culminación del Estado de Emergencia Nacional.

Finalmente, el JNE también estableció que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) debe remitirle la lista del Padrón Inicial para el proceso de Elecciones Generales 2021 y Elección de representantes peruanos ante el Parlamento Andina a más tardar el próximo 4 de mayo.

Dicho padrón deberá ser enviado en formato electrónico y contener el código único de verificación del elector, sus nombres completos, el grupo de votación, domicilio, fecha de inscripción, entre otros datos.

ANDINA

 

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