Sunafil: conozca cuál es la diferencia entre un feriado nacional y un día no laborable

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Julio trae una semana con dos días especiales. Se trata del feriado nacional por el Día de la Fuerza Aérea del Perú, el cual recae en el martes 23 de julio, pero también, habrá un día no laborable para el sector público, que tiene como fecha, el viernes 26 de julio.

Para no crear confusión, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) explicó las diferencias, para que empleadores y trabajadores sepan de qué se trata y planifiquen sus actividades.

El día declarado feriado, en este caso, el martes 23, el trabajador debe descansar, sin afectar su remuneración. Pero en caso deba laborar, porque así lo establece su horario o las necesidades de la empresa, su empleador tiene dos opciones: brindarle un descanso en otra fecha; o efectuar el pago de la triple remuneración, por el feriado trabajado.

En el caso del viernes 26 de julio, está contemplado como un día no laborable para los trabajadores del sector público. Este personal deberá devolver las horas de ausencia durante las siguientes semanas, según lo que indique su Oficina de Recursos Humanos. Estos trabajadores recibirán su remuneración habitual, sin ninguna sobretasa.

Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma de recuperación de las horas dejadas de laborar. En caso no lleguen a un acuerdo, lo decidirá el empleador.

La Sunafil reafirma su compromiso de seguir orientando a trabajadores en sus derechos y responsabilidades en el terreno laboral, promoviendo así un trabajo digno y decente para más peruanos.

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