Las municipalidades tienen la responsabilidad de fiscalizar el cumplimiento de la prohibición del uso y comercialización de las cañitas de plástico, bolsas de un solo uso y envases de tecnopor en las playas, informó el Ministerio del Ambiente.
Recordó que la ley 30884 regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, prohíbe desde el 13 de junio del 2019 la comercialización y uso de este tipo de productos en las playas del litoral y en la Amazonía peruana.
El Ministerio del Ambiente indica que, después de ser usados, los productos señalados –cuyos usos resultan superfluos o innecesarios– son difíciles o hasta imposibles de reciclar.
Dictan disposiciones para pago de impuesto al consumo de bolsas de plástico
Además, si se arrojan al ambiente pueden tardar cientos de años en degradarse: 200 años en el caso de las cañitas de plástico y hasta 500 años el caso del tecnopor.
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De la misma manera, las bolsas plásticas al estar presentes en los ecosistemas marinos son confundidas por la fauna marina como alimentos, mientras las cañitas las podrían lastimar físicamente.
Los fragmentos de plástico menores a 5 milímetros de diámetro (microplásticos), pueden ser ingeridos por las especies marinas, las cuales consumimos como parte de la dieta diaria.
Foto internet/ medios