La Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) ve con profunda preocupación que, de manera reiterada, se haga mal uso de la denominada Ley de protección de datos personales (Ley 29733) en desmedro del derecho ciudadano a la información.
Reprobamos que, tal como viene sucediendo con el semanario Hildebrandt en sus Trece, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos no pondere razonablemente el ejercicio de estos dos derechos. Utilizar la figura de vulneración a la protección de datos sensibles para coaccionar a periodistas y medios es injustificable. La instrumentalización de la ley desnaturaliza su fin legítimo de protección.
La ANP recuerda que el artículo 7 de la mencionada norma señala el principio de proporcionalidad entendiendo que el “tratamiento de datos debe ser adecuado, relevante y no excesivo a la finalidad que estos hubiesen sido recopilados”.
El semanario Hildebrandt en sus Trece ha revelado que, el 26 de octubre el Ejecutivo, a través de la Dirección de Fiscalización e Instrucción (DFI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) ha iniciado un proceso administrativo sancionador que hace al medio pasible de una elevada sanción económica que, según revela la publicación, podría llegar hasta las 50 UIT (215 mil soles). Ello, en la práctica, significaría la quiebra económica de la publicación.
El origen de este proceso radica en una denuncia que el paciente 0 de covid en el Perú habría interpuesto al semanario ante el MINJUSDH, indicando que sintió invadida su privacidad ante una supuesta intromisión del medio para revelar su identidad y publicar su fotografía en un texto periodístico difundido el 13 de marzo.
En los últimos años la Oficina de los Derechos Humanos de la ANP ha detectado un aumento en las demandas contra medios por la presunta infracción a esta ley. Hemos advertido la necesidad de modificar su reglamento para que no se convierta en una potencial amenaza al trabajo periodístico y el derecho a la información.
Desde la ANP nos solidarizamos con el semanario Hildebrandt en sus Trece y demandamos al MINJUSDH reconsiderar el proceso administrativo sancionador valorando como elementos vitales a tomar en cuenta la primacía del interés público, la transparencia y el derecho a la información en el tratamiento de los datos. De no hacerlo la infracción se traducirá en la quiebra y consecuente cierre del medio, convirtiendo al Estado Peruano en el autor de uno de los más graves ataques a la libertad de prensa perpetrados en el país en el último quinquenio.