Lima: Choferes que causen accidentes serán inhabilitados de por vida

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Los conductores de vehículos que ocasionen accidentes de tránsito, conduzcan en estado de ebriedad o agredan físicamente a un inspector municipal serán inhabilitados de manera definitiva para brindar el servicio de transporte público, según establece ordenanza aprobada por el Concejo Metropolitano de Lima.

De acuerdo con las modificaciones planteadas por la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) e incorporadas en la norma edil, se dispuso también la cancelación de la autorización para aquellas empresas que presten el servicio de transporte público de pasajeros estando suspendidas por causar un accidente de tránsito u otra infracción que motivó dicha medida.

En la ordenanza, publicada en el diario El Peruano, se determinó, además, que las empresas suspendidas o los vehículos sancionados por accidentes ya no gozarán del beneficio del pronto pago y deberán cancelar el 100% de la multa impuesta.

La nueva ordenanza mantiene como sanción la suspensión de operación por 60 días y una multa equivalente a 4 UIT (S/. 15,800) a la empresa operadora que cause accidentes. En caso de reincidencia, la multa se elevará a 8 UIT (S/. 31,600) y la suspensión se extenderá a 120 días.

La reciente norma edil modifica diversos artículos de las ordenanzas números 1599, 1681, 1682, 1684 y 1693, que regulan los diferentes tipos de servicios de transporte público en Lima Metropolitana y que establece una nueva Tabla de Infracciones, Sanciones y Medidas Preventivas para el servicio de transporte regular (ver página web: www. gtu.munlima.gob.pe).

Alvaro Castro, gerente de Transporte Urbano, resaltó que las medidas buscan disuadir la conducta infractora de los operadores de transporte y reducir los accidentes de tránsito que ponen en riesgo la integridad y seguridad de los usuarios.

Labor del inspector

De otro lado, la nueva ordenanza también fortalece la labor de fiscalización del inspector municipal de transporte que ahora podrá aplicar papeletas de tránsito y retener las licencias de conducir.

Asimismo, autoriza a los inspectores a utilizar cámaras u otros mecanismos electrónicos, computarizados o digitales para su labor de fiscalización del servicio de transporte público en campo y de gabinete.

Finalmente, dispone que Protransporte tenga competencia para fiscalizar el transporte en los corredores complementarios y rutas alimentadoras vigentes y próximas a implementarse.

Tras su publicación, la nueva ordenanza entrará en vigencia en 30 días.

ANDINA/ Foto internet-medios

 

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