Una norma que regula el proceso de matrícula para estudiantes de Educación Básica regular, alternativa y especial y establece dos modalidades: regular y excepcional aprobó el Ministerio de Educación.
La norma, aprobada a través de la resolución ministerial 447-2020-MINEDU, publicada en el El Peruano, establece que el proceso regular de matrícula se desarrolla dentro del trimestre previo al inicio de clases, es decir, entre diciembre y marzo del año en curso, según las fechas que se aprueben anualmente en el instructivo de matrícula.
Asimismo, detalla que el proceso excepcional se puede realizar en cualquier momento del año, luego de iniciadas las clases y antes de concluir el año escolar a través de solicitudes específicas hechas por las familias.
Ambos procesos consideran la atención de dos situaciones: por primer ingreso, en la cual el estudiante no ha realizado antes estudios en el sistema educativo peruano, y por continuidad, cuando el estudiante ya ha realizado estudios en el sistema educativo peruano y si no los ha interrumpido puede ser regular; en caso contrario, se denomina reincorporación.
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