El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) realizará los días 22, 23 y 24 de octubre una nueva Conciliatón Nacional, con el objetivo de coadyuvar en la resolución de conflictos y controversias de manera rápida y gratuita.
Este evento, que se desarrollará de manera presencial y virtual, permitirá además dar a conocer los alcances y beneficios de la conciliación, mecanismo alternativo que permite resolver los conflictos y controversias de manera célere y a menor costo.
¿Quieres resolver tus conflictos de manera rápida y gratuita? Participa en la #ConciliatónNacional este 22, 23 y 24 de noviembre. Conoce más detalles aquí: https://t.co/z6Jo6LZsPo.
Revisa el directorio de centros de conciliación: https://t.co/7wMIfXinNU. pic.twitter.com/E937cIvE0I
— Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (@MinjusDH_Peru) November 18, 2021
Las personas naturales y jurídicas que deseen participar en la Conciliatón Nacional, en primer lugar, deberán contactar con el centro de conciliación de su preferencia y comentarles su caso, para luego presentar una solicitud conjunta y los documentos necesarios, previa orientación de nuestros conciliadores.
Como siguiente paso, deben asistir, de manera presencial o virtual, a la audiencia programada en el marco de la Conciliatón. Los interesados pueden acceder al directorio de Centros de Conciliación del MINJUSDH en este enlace y elegir el de su preferencia.
Esta actividad es organizada por la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos del MINJUSDH. Las materias que pueden someterse a un proceso conciliatorio son pensión de alimentos, tenencia, régimen de visitas, desalojos, pago de deudas, indemnización y otorgamiento de escritura.
Asimismo, obligación de dar, hacer y no hacer; división y partición de bienes, incumplimiento de contrato, ofrecimiento de pago, modificación de contratos y problemas vecinales.
La conciliación extrajudicial es un mecanismo de solución de conflictos mediante el cual dos personas o más pueden resolver sus diferencias con la ayuda de un tercero, denominado conciliador, de una manera rápida, económica y efectiva. A través del diálogo, el conciliador facilita la comunicación entre las partes, lo que permite superar las diferencias y arribar a acuerdos que satisfacen a todos.
El acta de conciliación tiene valor de una sentencia. De incumplirse los acuerdos adoptados, será el Juez quien ordene su cumplimiento.
Fuente: Andina