Con relación al aislamiento en el ámbito comunitario a trabajadores con síntomas compatibles con covid-19, el Ministerio de Salud (Minsa) informa lo siguiente
Todo trabajador con síntomas compatibles con COVID-19 debe retornar o permanecer en su domicilio para el aislamiento de acuerdo con la Disposición 2 de la Directiva Administrativa N° 321-MINSA/DGIESP-2021, Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2.
Para que el trabajador realice el aislamiento en el ámbito comunitario no es necesario la presentación de un documento que otorgue el descanso médico o el resultado de una prueba molecular o de antígeno para detección de COVID-19, debiendo comunicar al empleador su estado de salud para el seguimiento correspondiente.
Covid-19: 25.998 contagios y 46 fallecidos en las últimas 24 horas
Los trabajadores que retornen a laborar post aislamiento deben presentar su constancia de descanso médico, la cual será expedida mediante las siguientes opciones:
– Llamando a la Línea 113 o las líneas habilitadas por las Direcciones Regionales de Salud (Diresa) o Gerencias Regionales de Salud (Geresa).
– Ingresando al sistema de https://teleatiendo.minsa.gob.pe/ (en estas dos opciones, el certificado será enviado a su correo o celular luego de la atención médica, en un plazo no mayor a 24 horas).
ACTUALIZACIÓN | Esta es la situación de la #COVID19 en Perú hasta las 22:00 horas del 19 de enero. #NoBajemosLaGuardia
Más información: https://t.co/zP8jQynEAq pic.twitter.com/KcJ66VFVZK
— Ministerio de Salud (@Minsa_Peru) January 21, 2022
– Siendo atendido por un médico del sistema público o privado.
Considerando que el Perú se encuentra en la tercera ola pandémica, se exhorta a los empleadores al cumplimiento de la normativa vigente para evitar la transmisión de COVID-19 en el centro laboral.
Fuente: Andina