Con el fin de mejorar los procesos de contratación para la adquisición de bienes, servicios, ejecución de obras y contratación de consultorías, en el marco de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso, el Gobierno modificó la Ley de Contrataciones del Estado, mediante el DL Nº 1341, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano,
La norma establece medidas para determinar los marcos jurídicos específicos que permitan modernizar, automatizar y dinamizar la administración pública, así como la reorganización del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
Uno de los cambios se encuentra en el artículo 2 referido a principios que rigen las contrataciones, como la libertad de concurrencia, igualdad de trato, transparencia, publicidad, competencia, eficacia, vigencia tecnológica, sostenibilidad ambiental y social, equidad e integridad.
También se incorporan algunos puntos a la Ley, como el referido a las modificaciones convencionales al contrato, indicando que sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, las partes pueden acordar otros cambios.
Asimismo, por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se modificará el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado en un plazo no mayor de 60 días, contados a partir de hoy.
El presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a los 15 días contados a partir de la publicación de las modificaciones al reglamento.
Dentro de los 30 días hábiles de la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se promulgará el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado.
Además, culminado el proceso de reestructuración del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) por excepción y mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se podrán adecuar las funciones del OSCE y del Tribunal de Contrataciones del Estado.
Fuente: Andina