MTPE: Casi el 40% de anteproyecto Código del Trabajo se ha consensuado

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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) indicó hoy que cerca de un 40% del contenido (178 artículos) del anteproyecto de Código del Trabajo, presentados esta mañana por la ministra del sector Betssy Chávez, ante nueve gremios empresariales, ya fueron consensuados tripartitamente en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) y en los anteriores proyectos de la Ley General de Trabajo.

En esa línea, la ministra Chávez, indicó ante los comentarios de los representantes de los gremios empresariales, que en la cartera que dirige (MTPE) se mantiene la política de diálogo social, la cual le permite, por un lado, atender los reclamos de los trabajadores, pero también mediar para buscar soluciones razonables a la problemática del ámbito laboral, como la que actualmente se atraviesa en Cuajone y en la cual está trabajando como mediadora desde hace tres semanas.

En ese sentido, la ministra Betssy Chávez destacó la prepublicación del Anteproyecto de Código del Trabajo, puesto que esto no solo permite conocer las opiniones de los trabajadores y de los empleadores, sino también de otros actores sociales como expertos laboralistas, académicos y la sociedad civil.

Tras resaltar la larga espera que ha tenido el país, mayor a 30 años: “Les pido con el corazón en la mano que hagamos algo que deje marca en el futuro del país, por eso sentémonos a dialogar, me comprometo a hacerlo para enriquecer este Anteproyecto del Código del Trabajo”, exhortó la titular del MTPE.

En el marco de afianzar el diálogo, Chávez Chino, se comprometió ante los gremios empresariales a dialogar y consensuar ideas para enriquecer el Anteproyecto del Código de Trabajo que propugna esta cartera.

Para ello, este viernes 22 se entregará el cronograma de reuniones para socializar el 60% restante del contenido de este documento, en el marco del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE).

Chávez Chino insistió en que la cartera a su cargo tiene como objetivo priorizar el diálogo entre trabajadores, empleadores y funcionarios del gobierno, a fin de mejorar la dispersa legislación laboral que existe en el país.

Gremios empresariales piden debatir anteproyecto de Código del Trabajo

“Si es necesario debatir cada artículo y cada capítulo del Código del Trabajo, lo haremos. Me comprometo a ello. Si tuviéramos un Código de trabajo con 30 artículos ya sería un gran avance para este país”, manifestó.

Chávez Chino invocó a dejar en vernos como enemigos, en un país como el nuestro y enfatizó que lo que menos quiere como autoridad es dañar y lastimar.

“No tengo problemas en sentarme conversar y eso no significa retroceder sino avanzar. Los egos no nos pueden traicionar. El concepto del país y de colectivo está por encima de lo individual y en la cartera de Trabajo siempre se ha trabajado así. Recordemos que negociar es ceder, no obtener el 100% ni recibir el 100%”, apuntó.

La titular del MTPE recibió a los representantes de los gremios empresariales de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), Asociación de Exportadores (Adex), Cámara de Comercio de Lima (CCL), Sociedad Nacional de Pesquería (SNP), Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), Asociación de Pequeños y Medianos Industriales del Perú (Apemipe) y Conglomerado de Pequeña Empresa en el Perú (CPEP).

Contenido del Código del Trabajo

Esta iniciativa legal, elaborada por un equipo técnico del MTPE, introduce un Título Preliminar de 23 artículos que establece los principios, enfoques y normas generales que rigen al Código.

Entre otros, se recogen los principios de Indubio Pro Operario, norma más favorable, de irrenunciabilidad de derechos, fomento de la autonomía colectiva y primacía de la realidad.

Además, esta propuesta incorpora los Enfoques de género, interculturalidad, derechos humanos, intergeneracional, de discapacidad y de interseccionalidad, acorde con la coyuntura actual.

Se introduce, también, artículos referidos a la definición de Grupo de Empresas, con el propósito de facilitar su identificación; además de establecerse solidaridad entre las empresas que la conforman, respecto a las obligaciones laborales y de la seguridad social.

Sobre los Contratos de Duración Determinada, se plantea simplificar de nueve a seis las modalidades de contratación determinada y de naturaleza temporal, en atención al derecho al trabajo; se eliminan los contratos por lanzamiento de nueva actividad, reconversión empresarial y de emergencia; y los contratos intermitentes y de temporada pasan a ser considerados contratos de duración indeterminada, entre otras modificaciones.

El anteproyecto también propone normar las Modalidades de Teletrabajo o Trabajo a Distancia y se contempla como única modalidad al teletrabajo, el cual requiere acuerdo empleador-trabajador y que el empleador asuma o compense los costos de la prestación de labores.

La propuesta de Código del Trabajo propone, en cuanto a la Intermediación y tercerización laboral, una simplificación de términos, pues en la legislación actual se hace referencia a actividades principales, complementarias, especializadas, temporales, entre otras. La iniciativa contempla a las actividades nucleares como el criterio clave para la regulación de la intermediación y tercerización.

En cuanto al despido sin causa justificada se reduce la tipología de despidos sin justificación y se proponen dos tipos: el primer tipo es el despido sin causa justificada, que protege el derecho al trabajo (en su contenido de conservación del empleo) y el derecho de defensa, y que agrupa al despido incausado, fraudulento e injustificado que estableció el Tribunal Constitucional.

Respecto de la Libertad Sindical, el Anteproyecto reduce a 10 el mínimo de trabajadores requeridos para constituir una organización sindical, a diferencia de los 20 exigidos por la legislación actual para sindicato de empresa y 50 si es de otra naturaleza (de actividad, gremio u oficios varios).

El Anteproyecto introduce el aspecto importante sobre Igualdad, no discriminación y violencia en el mundo laboral. Así, en el marco de la ratificación del Convenio 190 OIT, se propone adecuar la legislación socio laboral con la finalidad de que respete, promueva y asegure el disfrute del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso.

También incluye un subcapítulo de Igualdad Remunerativa, conforme la Recomendación 206 sobre la violencia y el acoso, el Convenio 100 y la Recomendación 90 sobre igualdad de remuneración, así como el Convenio 111 y la Recomendación 111 sobre la discriminación en materia de empleo y ocupación.

ANDINA

 

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