Una investigación preliminar a la jueza Soledad Amparo Blácido Báez, que dispuso la suspensión de la elección de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional en el Congreso, fijada para este miércoles 7 y jueves 8 de julio, abrió la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA).
La medida la tomó la jueza suprema Mariem De La Rosa Bedriñana, jefa de la OCMA, contra la titular del Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, según indicó en Twitter.
La decisión se adoptó contra la jueza supernumeraria por dictar el auto admisorio de la demanda de acción de amparo y medida cautelar en contra de la presidenta del Poder Legislativo y otros.
“Una vez recabada la información, los magistrados de control analizarán los insumos con la pertinencia del caso y dentro de sus prerrogativas constitucionales para los cuales están investidos; garantizando así el rol contralor en la administración de justicia”, manifestó.
La jueza Soledad Amparo Blácido Báez admitió a trámite la demanda de amparo que presentó el abogado Walter Ayala contra Mirtha Vásquez; titular del Congreso, el presidente de la comisión especial para el proceso de evaluación de candidatos al Tribunal Constitucional, Rolando Ruiz; y el procurador público del Legislativo.
#LOULTIMO OCMA inicia investigación preliminar por admisión de demanda de amparo y medida cautelar contra la presidenta del Congreso de la República y otros. pic.twitter.com/MUMNpcbTqX
— AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL DEL PODER JUDICIAL (@ANC_PJ_Oficial) July 7, 2021
Esta demanda solicita que se anulen todos los actos desarrollados en el Congreso y la comisión especial, así como la convocatoria de los plenos previstos para este miércoles 7 y jueves 8 de julio y cualquier otro acto parlamentario que pretenda “nombrar a los miembros del Tribunal Constitucional hasta que sea el nuevo Parlamento quien lleve a cabo dicha tarea”.
La decisión del Poder Judicial se conoce un día antes de la sesión plenaria en la que el Congreso tiene previsto elegir a seis nuevos magistrados del Tribunal Constitucional con mandato vencido.
“Concédase el plazo de cinco días a la entidad demandada, para que cumpla con contestar la demanda. Vencido el plazo sin la contestación respectiva se expedirá sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Procesal Constitucional”, establece la resolución judicial.
Foto internet-medios