El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó hoy viernes en las normas legales de El Peruano la resolución que establece la prohibición de la reelección inmediata de los congresistas actuales y del Parlamento disuelto con miras a las elecciones 2021.
Según la Resolución 0352-2020-JNE, este impedimento se da en razón de la prohibición de reelección inmediata fijada por el artículo 90-A de la Constitución Política.
Este artículo, introducido a través de la reforma constitucional 30906, determina que los parlamentarios no se pueden reelegir para un nuevo periodo de forma inmediata.
La prohibición de reelección alcanza a los congresistas elegidos en el 2016 y que volvieron a ser elegidos en las elecciones congresales extraordinarias de enero del 2020.
Elecciones: JNE resuelve que congresistas no se pueden reelegir
Asimismo, a los ciudadanos que formaron parte del Congreso disuelto y que no participaron en las elecciones congresales 2020 o que participaron y no resultaron elegidos.
En todos los casos, la prohibición es también para los congresistas desaforados y sus respectivos accesitarios, a los que se los suspendió y a quienes reemplazaron a los fallecidos.
Las elecciones parlamentarias 2020 no fueron para un nuevo período constitucional, sino para completar el período 2016-2021 del Congreso disuelto el 30 de setiembre de 2019. Por tanto, indicó el Jurado Nacional de Elecciones rige la referida prohibición de reelección inmediata.
Las elecciones 2021 se desarrollarán el 11 de abril.
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