El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) dispuso la refacturación de todos aquellos recibos que no estén sustentados en lecturas tomadas en los medidores a nivel nacional a partir del 30 de junio, informó en un comunicado.
De acuerdo al documento, Osinergmin precisó que, si la lectura del medidor confirma que el consumo real fue menor al facturado, la empresa deberá devolver lo pagado en exceso en una sola oportunidad o proceder a refacturar (por ejemplo, los comercios que no han atendido o domicilios deshabitados)
Osinergmin aprobó un procedimiento especial de reclamos con el objeto de garantizar que se provea a los usuarios de información suficiente y una atención adecuada de sus reclamos por facturaciones del servicio eléctrico durante el estado de emergencia.
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Con este procedimiento, una vez que recibe el reclamo, la empresa eléctrica está obligada a comunicarse con el usuario a través del correo electrónico o por teléfono para explicarle los conceptos facturados y como determinó el importe del recibo, cómo estimó los consumos y los liquidó, precisando las lecturas del medidor utilizadas, entre otros.
Osinergmin reiteró a los usuarios que no están conformes con su facturación durante el estado de emergencia, que pueden presentar un reclamo ante la empresa eléctrica a través de sus diversos canales de atención.
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También recordó que la empresa no puede condicionar la presentación del reclamo al pago del recibo. Así, mientras dure el reclamo no puede cortar el servicio por los montos reclamados, ni requerir su pago por ningún canal.
Los usuarios también pueden solicitar el fraccionamiento de su recibo hasta en 24 meses.
El organismo regulador ha desplegado equipos de supervisores a nivel nacional para la verificación de una correcta aplicación de la facturación de electricidad.
Asimismo, ejecuta supervisiones inopinadas a los centros de atención de las empresas para verificar la adecuada atención a los usuarios.
ANDINA