Osiptel recientemente dispuso que Telefónica del Perú deje sin efecto el reciente aumento en el cobro del servicio de Internet fijo y proceder a la devolución de los cobros.
¿Cómo se realizará este reembolso a los usuarios?
“El incremento tarifario que entró en vigencia en enero del 2020, es el mayor registrado en los últimos años, con un incremento promedio de 13 soles por recibo, y afectó a 1.71 millones de abonados”, explicó el ente regulador.
“En este caso se ha verificado que ha existido una modificación unilateral del contrato en 524 planes tarifarios, y para salvaguardar el derecho de los usuarios se ha iniciado un procedimiento administrativo sancionador, y como esta modificación no ha sido aprobada por Osiptel, se ha ordenado dejarla sin efecto y efectuar las devoluciones”, mencionó la abogada coordinadora de Osiptel, Rocío Obregón.
“Las devoluciones son para aquellos usuarios que han sido migrados de manera unilateral en cualquiera de estos 524 planes tarifarios”, añadió.
Obregón precisó que la propia resolución determina que todas las devoluciones deben realizarse a más tardar en el siguiente recibo.
“Los ciclos de facturación de Telefónica son el 5 y 18 de cada mes, como máximo Telefónica tendría para efectuar las devoluciones en los recibos que emita el 18 de marzo”, señaló.
Si Telefónica no procede con la devolución, dijo, el usuario tiene expedito su derecho para presentar su reclamo ante la empresa operadora y la compañía deberá ajustar el cobro en ese momento.
“En caso no tenga una resolución favorable por parte de la empresa, recurre en segunda instancia al Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (Trasu) del Osiptel, el cual le otorgará la procedencia y todas estas devoluciones son considerando los intereses legales correspondientes”, manifestó.
“En este caso la devolución tendría que ser mayor”, advirtió.